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N° 41096/21 Aviso del Boletín Oficial

GLOBAL HOUXER CONSTRUCTION & INDUSTRIES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 8 de julio de 2021

Texto del aviso

GLOBAL HOUXER CONSTRUCTION & INDUSTRIES S.A.

Edicto complementario del publicado el 16/06/2021 ID Nº 711306 TI N° 41096/21. Por escritura 232 del 01/07/2021,

Esc. Mariano Fernández, Registro 1963 CABA, se modificó el Artículo Cuarto: ”OBJETO: ARTÍCULO CUARTO:

La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país y/o en el

extranjero, las siguientes actividades: Compra, venta, arrendamiento, alquiler, comercialización, cesión, leasing,

permuta y administración de toda clase de inmuebles urbanos y/o rurales y la realización de todas las operaciones

sobre inmuebles que autoricen las leyes y reglamentaciones en cada caso, inclusive las comprendidas bajo el

régimen de propiedad horizontal, así como toda clase de operaciones, incluyendo desarrollo de urbanizaciones,

fraccionamiento y posterior loteo destinado a viviendas. Participación en licitaciones de obras públicas y privadas

celebradas en el país o en el extranjero. Construcción, reformas y demolición de todo tipo en la propiedad para la

venta directa o a través de terceros; construcción vial y obras mayores. A los fines de la consecución de su objeto,

podrá participar, a través de empresas o sociedades nacionales y/o extranjeras, en negocios mediante aportes

de capital e inversiones de particulares, empresas o sociedades nacionales y/o extranjeras; financiamiento,

préstamos hipotecarios o créditos en general para la compra de bienes y servicios pagaderos en cuotas o a

término mediante cualquier otro mecanismo; gestión y administración del crédito en cualquiera de sus formas;

constitución y transferencia de préstamos con o sin hipotecas y otras garantías reales y/o personales; avalar

créditos, en el país o en el exterior. La sociedad podrá ser fiduciaria en fideicomisos no financieros. Quedan

prohibidas las actividades previstas en las leyes 23.187 y 20.488. Se excluyen las actividades comprendidas por

la Ley de Entidades Financieras u otras que requieran el concurso público. A tal fin, la sociedad tiene plena

capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos que no estén prohibidos por

las leyes o sus estatutos”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 210 de fecha 14/06/2021 Reg. Nº 1963

FRANCISCO SANCHEZ - Matrícula: 5734 C.E.C.B.A.

e. 08/07/2021 N° 47780/21 v. 08/07/2021