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N° 48760/21 Aviso del Boletín Oficial

GAMMALINK S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 14 de julio de 2021

Texto del aviso

GAMMALINK S.A.

C.U.I.T 30709178373 - Escritura 131 Fº 470 del 01/07/2021 Registro 1891. Se transcriben actas de Directorio nº 42,

51 y 52 del 18/04/2018, 03/09/2019 y 02/10/2019 respectivamente; actas de Asamblea General nº 10, 14, y 15 del

30/04/2018, 17/09/2019 y 18/10/2019 respectivamente. En virtud de las mismas se modifica: 1) la jurisdicción y

domicilio de la Calle Padre Patiño de la Ciudad de Formosa, Provincia de Formosa a la Av. Jujuy 2075 C.A.B.A.

2) el Objeto quedando redactado el artículo 4: “La sociedad tiene por objeto desarrollar por cuenta propia o de

terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: Explotación integral,

conforme lo autorizan las leyes y reglamentos vigentes, de establecimientos dedicados a juegos de azar y

apuestas, videojuegos, salas de bingo, agencias de carreras de caballos y demás entretenimientos onerosos

y/o gratuitos. Industrialización fabricación, compra, venta, locación, distribución, comercialización, importación y

exportación de toda clase de aparatos, máquinas, sus accesorios y demás elementos necesarios para la instalación

y explotación de los establecimientos previstos precedentemente. Administración y explotación de todo tipo de

locales o salones, donde se comercialicen documentos constitutivos de contratos de apuestas, en cualquiera

de sus formas, creadas o a crearse, ya sea por medios manuales, mecánicos, electromecánicos, telefónicos,

electrónicos y/o internet. La provisión a terceros del sistema de apuestas. Fabricación, importación, exportación,

compra, venta, alquiler, licenciamiento y comercialización bajo cualquier modalidad de sistemas, programas y

equipos de informática y telecomunicaciones; desarrollo de tecnología, software, sistemas informáticos, juegos

interactivos a través de medios masivos y servicios de telecomunicaciones; de valor agregado; provisión,

adquisición, comercialización de servicios de telecomunicaciones; supervisión y monitoreo de red; telemarketing

y webmarketing de sistemas de auditoría y gestión. Cuando las normas legales vigentes así lo requieran, las

actividades descriptas precedentemente serán prestadas por profesionales debidamente matriculados. A tal fin,

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones, y realizar todos los actos

que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.” 3) El artículo 8 “ADMINISTRACION Y REPRESENTACION.

La administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, integrado por el número de miembros que fije la

Asamblea entre uno y cinco, con mandato por tres ejercicios. La Asamblea podrá elegir igual o menor número

de suplentes, que se incorporarán al Directorio en caso de vacancia, en el orden de su designación. Mientras la

sociedad prescinda de la Sindicatura, será obligatoria la elección de uno o más directores suplentes. La Asamblea

determinará la remuneración de los directores. El Directorio sesionará con la mayoría absoluta de sus integrantes

y las decisiones se adoptarán por mayoría de los presentes. En caso de empate, el presidente tendrá doble voto.

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.701 - Segunda Sección 9 Miércoles 14 de julio de 2021

En su primera sesión designará un Presidente y, en su caso, un Vicepresidente que reemplazará al primero en caso

de ausencia o impedimento. Los Directores se reunirán cada tres meses de acuerdo a lo establecido en el artículo

267 de la Ley 19.550”. 4) El capital social, que aumenta la suma de $ 24.000 a $ 120.000 quedando redactado el

art. 5: “El capital social es de pesos 120.000 y está representado por 120.000 acciones ordinarias nominativas no

endosables de $ 1 valor nominal cada una y con derecho de 1 voto por acción. El capital puede ser aumentado

por decisión de la asamblea ordinaria hasta el quíntuple de su monto, conforme lo dispone el artículo 188 de la

ley 19.550. Toda resolución de aumento de capital debe ser elevada a escritura pública e inscripta en el Registro

Público de Comercio.”

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 131 de fecha 01/07/2021 Reg. Nº 1891

ADRIANA PATRICIA BALDA - Matrícula: 4621 C.E.C.B.A.

e. 14/07/2021 N° 48760/21 v. 14/07/2021