N° 51438/21 Aviso del Boletín Oficial
ELECTRO CABRAL S.A.
Texto del aviso
ELECTRO CABRAL S.A.
Escritura Publica 172 del 21/07/2021 Esc. Jonathan M. TETELBON, Adscrito Registro 1379 CABA. Capital
$ 1.000.000. PRESIDENTE y ACCIONISTA: Ileana Alicia BONANNI, nacida 23/04/1977, DNI 25.940.253, C.U.I.T.
27-25940253-6, comerciante, soltero, domiciliada en Avenida General Paz 6362 CABA, 334 acciones valor nominal
$ 1.000, 1 voto por acción; y DIRECTOR SUPLENTE y ACCIONISTA: Gustavo Adolfo Francisco LAYA, nacido
06/11/1972, DNI 22.992.029, C.U.I.T. 20-22992029-5, comerciante, casado, domiciliado en la calle Moron 4849,
departamento 4, CABA, 333 acciones valor nominal $ 1.000, 1 voto por acción y ACCIONISTA: Victor Ramon
OJEDA, nacido 20/09/1973, Documento Nacional de Identidad 23.415.155, C.U.I.T. 20-23415155-0, técnico
electricista matriculado, casado, domiciliado calle Lima 284, Localidad Tristán Suarez, Ezeiza, Provincia de Buenos
Aires, 333 acciones valor nominal $ 1.000, 1 voto por acción, todos argentinos, todos accionistas, domicilios
especiales y sede social calle Soldado de la Independencia 943, cuarto piso, oficina 23, CABA. PLAZO: 50 años.
OBJETO: Realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: compraventa,
distribución y promoción, al por mayor y menor, de productos eléctricos, cables, fusibles, tableros, disyuntores,
terminales preensamblados, interruptores y afines para la industria en general, aparatos, equipos, elementos,
materiales, herramientas, partes, repuestos y demás accesorios en todas sus formas relacionado con la electricidad
y cualquier otra forma de comercialización de productos eléctricos y sus derivados; herramientas manuales y
eléctricas, materiales de ferretería, etc. Importación y Exportación; instalación, ejecución y mantenimiento de
instalaciones eléctricas, electromecánicas y electrónicas. Las actividades que así lo requieran serán realizadas
por profesionales habilitados a ese efecto.- A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones, incluso las prescriptas por el artículo 375 y concordantes del Código Civil y
Comercial de la Nación y por el decreto ley 5965/63; y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o
por este contrato, pudiendo realizar todos los actos o contratos que directa o indirectamente se relacionen con el
objeto social, pudiendo realizar la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario y/o
hipotecario, y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente
sin encontrarse incluida en la ley de entidades financieras. Cierre 30/06. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 172 de fecha 21/07/2021 Reg. Nº 1379
Fernando German Pranteda - T°: 139 F°: 49 C.P.A.C.F.
e. 23/07/2021 N° 51438/21 v. 23/07/2021