N° 25/2011 Aviso del Boletín Oficial
FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD
Texto del aviso
FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD
El Juzgado Federal con competencia electoral de Río Negro, hace saber que en los autos caratulados: “FRENTE
DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD s/RECONOCIMIENTO DE ALIANZA ELECTORAL - ELECCIONES
PRIMARIAS Y GENERALES AÑO 2021” expediente N° CNE 4711/2021, que tramita por ante este Tribunal se ha
dictado la siguiente Resolución: “Viedma, 23 de julio de 2021. AUTOS Y VISTOS: … RESULTA: … CONSIDERANDO:
…RESUELVO: 1) Reconocer como alianza electoral transitoria de este Distrito de Río Negro a la entidad denominada
“FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES - UNIDAD” en los términos del art. 10 de la ley 23.298, para
intervenir en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias a realizarse el próximo 12 de septiembre
y en los comicios nacionales a celebrarse el 14 de noviembre, ambas del corriente año, con derecho al uso
exclusivo del nombre, siglas “F.I.T.- U” y/o “FIT-U” y/o “FIT-Unidad” y/o “F.I.T.- Unidad” y/o “FIT Unidad” y/o “F.I.T.
Unidad” y logo de la alianza, publicado en los ejemplares del Boletín Oficial de la República Argentina de fs. 146,
154 y 155. 2) Otorgar a la alianza electoral transitoria “FRENTE DE IZQUIERDA Y DE TRABAJADORES -UNIDAD”
el Nº 503 conforme lo dispuesto por la Acordada Extraordinaria Nº 25/2011 de la Cámara Nacional Electoral. 3)
Registrar como integrantes de la alianza a los partidos La Izquierda de los Trabajadores, Izquierda por una Opción
Socialista, Movimiento Socialista de los Trabajadores – MST y Partido Obrero, todos con personería jurídica política
definitiva vigente en el Distrito Río Negro y de conformidad con el acuerdo aliancista y sus anexos (fs. 3/15) y sus
copias legalizadas (fs. 31/50, 53/64, 65/76 y 78/90). 4) Registrar como apoderados comunes de la coalición a los
Sres. Horacio Raúl Pastor y Carlos Alberto Castro en representación del Partido Obrero, a Carolina Domínguez y
Federico Falcón por La Izquierda de los Trabajadores, a Armando Ángel Aligia y Transito Antonio Gramajo por
Izquierda por una Opción Socialista y a Margarita Soledad Díaz por el Movimiento Socialista de los Trabajadores
-MST, los cuales deben actuar “solo de común acuerdo y en forma conjunta en número de cuatro, debiendo firmar
un apoderado designado por cada partido como apoderado de la alianza”. 5) Registrar como responsable
económico financiero de la alianza en los términos del art. 32 de la Ley 26.571 a Ivanna Vanesa Albornoz (MI
28.339.655). 6) Registrar a Ivanna Vanesa Albornoz (MI 28.339.655) y a Flavia Andrea Vila (MI 27.046.575) a los
efectos prescriptos por el art. 31 de la Ley 26.215, dando por cumplida la previsión del art. 15 del Decreto
Nº 936/2010 (comunicación de la designación de responsables económico-financieros, como mínimo 10 (diez) días
antes del inicio de la campaña electoral, según el art. 31 de la Ley 26.571). 7) Tener por domicilio central de la
alianza el constituido en la calle Saavedra N° 576 dpto. “C” de Viedma. 8) Registrar la constitución de la “Mesa de
Enlace”, como órgano de gobierno de la alianza, que surge del Acta de Constitución de (fs. 3/15) y sus copias
legalizadas (fs. 31/50, 53/64, 65/76 y 78/90), conformada por ocho (8) miembros de acuerdo a la siguiente
integración: Horacio Raúl Pastor (MI 8.431.279) y Carlos Alberto Castro (MI 20.211.872) por el Partido Obrero;
Carolina Domínguez (MI 25.895.453) y Federico Falcón (MI 31.410.501) por La Izquierda de los Trabajadores;
Margarita Soledad Díaz (MI 32.928.527) y Cristian Roberto Silvestre (MI 23.064.783) por el Movimiento Socialista
de los Trabajadores - MST y a Armando Ángel Aligia (MI 11.632.231) y Tránsito Gramajo (MI 10.527.613) por Izquierda
por una Opción Socialista, todos afiliados a los respectivos partidos políticos, con excepción de los mencionados
Domínguez y Gramajo. 9) Registrar la constitución de su Junta Electoral con cuatro (4) miembros y su actual
composición con las siguientes autoridades (todas afiliadas a alguno de los partidos coaligados), Juan Daniel Dal
Masso (MI 25.988.389) por La Izquierda de los Trabajadores; María Ayelén Céspedes (MI 31.939.306) por Izquierda
por una Opción Socialista; Leticia Noemí Avila (MI 21.388.528) por el Partido Obrero y Margarita Soledad Díaz (MI
32.928.527) por el Movimiento Socialista de los Trabajadores – MST y publicar en la página de Internet de la
Secretaría Electoral a los efectos contemplados en el art. 26 de la Ley 26.571 la información acerca de su
funcionamiento (art. 2 del Decreto Nº 443/2011). Cúmplase en informar la distribución de cargos del mencionado
órgano electoral y con la constitución de domicilio electrónico de su presidente. 10) Tener presente el Reglamento
Electoral (punto 10 y Anexo “B” del acta constitutiva que obra a fs. 10/14) y el sistema de distribución de cargos allí
establecido en su punto 21 en lo pertinente (art. 44 de la ley 26.571). 11) Tener presente el acuerdo de distribución
de aportes del Estado Nacional y de financiación de gastos de campaña contenidos en los puntos 12 y 15 del Acta,
Anexo “C” y art. 23 del Reglamento Electoral (arts. 10 inc. a) y f) de la Ley 23298, art. 9 de su decreto reglamentario
Nº 937/2010 y art. 11 de la Ley 26215). 12) Publicar la Plataforma Electoral de la alianza (cuyo texto obra a fs. 5/7)
a los efectos establecidos en el art. 22 de la Ley 23.298, en la página de Internet de la Secretaría Electoral Nacional
en cumplimiento de las Acordadas Nºs 58/2002 y 101/07 CNE. 13) Registrar la designación de Marcos Fabián
Medel (MI 28.234.804) como Responsable Técnico de campaña de la alianza y como su alterna a Gladys Cecilia
Elena Romero Campos (MI 27.505.205); como Representante Tecnológico el nombramiento de Matías Facundo
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.710 - Segunda Sección 49 Martes 27 de julio de 2021
Britos (MI 32.646.086) y de Enrique Antonio Romero (MI 28.219.319) como su alterno (art. 5 bis del Decreto
N° 937/2010). Oportunamente comuníquese su registro a la Dirección Nacional Electoral a los efectos previstos en
esa norma por oficio DEOX. 14) Librar oficio al Banco de la Nación Argentina -Sucursal General Roca- (punto 18
del acta constitutiva) conforme lo dispuesto en la Acordada Extraordinaria N° 51/2021, adjuntado la pertinente
certificación para la inmediata apertura de la cuenta corriente de la alianza en los términos del art. 32 de la Ley
26.215 (con la modificación introducida por la Ley 27.504) y su oportuna tramitación por la alianza de autos de las
subcuentas que correspondan (art. 23 del Decreto Nº 443/2011) para el depósito de los fondos de campaña y para
impresión de boletas que en partes iguales la Junta Electoral deberá distribuir entre las listas de precandidatos que
se oficialicen. 15) Tener por efectuado, en tiempo y forma el pedido de reserva del color ROJO 032 U identificatorio
de la alianza, a los efectos establecidos en el art. 25 de la Ley 26.571 y artículos 16, 17 sigtes. y concordantes del
Decreto Nº 443/2011. 16) Comunicar la presente resolución a la Cámara Nacional Electoral (conforme a lo prescripto
por el art. 14 in fine y el art. 39 de la Ley 23.298 y sus modificatorias, como también por el art. 6 incisos e) y f) de
su decreto reglamentario Nº 937/2010 -con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 776/2015-) para la
actualización del Registro Nacional de Agrupaciones Políticas y a la Dirección Nacional Electoral (art. 11 de la Ley
26.215), por oficio DEO y DEOX según los establecido en la Acordada Extraordinaria Nº 14/2021 CNE, adjuntando
copias digitales de la misma, del acta constitutiva de la alianza y de sus instrumentos anexos y complementarios,
como también de las planillas de registración de las autoridades y responsables designados por la agrupación
política, que por la presente se ordena confeccionar por Secretaría. Regístrese, notifíquese electrónicamente a los
apoderados de la alianza de autos y al Ministerio Público Fiscal. Publíquese por el término de un (1) día en el Boletín
Oficial de la República Argentina, confeccionando a esos fines el edicto de estilo (artículos 60 y 63 de la Ley
23.298) ”. -Fdo. Hugo Horacio Greca – Juez Federal Subrogante. Secretaría Electoral Nacional, 26 de julio de
2021.-
Dr. Hugo Horacio Greca Juez - Dra. María Silvina Gutierrez Prosecretaria Electoral Nacional
e. 27/07/2021 N° 52189/21 v. 27/07/2021