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N° 28714/2018 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61

Edictos Judiciales martes, 10 de agosto de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31 - SECRETARÍA NRO. 61

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 31, a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello,

Secretaría Nº 61, a cargo de la Dra. Aimara Di Nardo, sito en Montevideo 546, piso 7°, C.A.B.A., comunica por

cinco días en los autos “PRINTERRA S.R.L. S/QUIEBRA” (EXPE Nº28714/2018), que con fecha 14 DE JULIO DE

2021 se decretó la quiebra de PRINTERRA S.R.L., inscripta en la IGJ el 19/09/2013 bajo n° 9813 Libro 141 Tomo

de Sociedades De Responsabilidad Limitada con domicilio social sito en Santa Elena 938, C.A.B.A..(v. fs. 115/124),

CUIT 30714238600.Los acreedores deberán concurrir a verificar hasta el día 08 de octubre de 2021 (art. 32 LCQ)

ante el Síndico CARLOS GUSTAVO KNEES. De acuerdo a lo dispuesto por la C.S.J.N. en la Ac. 31/20: a. El pretenso

acreedor no deberá aportar los dos juegos de copias en papel, debiendo enviar las copias de manera digital en

formato PDF a la dirección de correo electrónico: gustavok7@yahoo.com.ar poniendo en el asunto el nombre de

la quiebra. En el escrito de presentación, el pretenso acreedor deberá consignar claramente: *Nombre y apellido;

*Domicilio real y constituido; *Domicilio electrónico (si lo tuviere); *Teléfono; *Correo electrónico; *CBU de la cuenta

bancaria donde se le deberían depositar las posibles distribuciones de fondos; *Todo otro dato útil que permita

la comunicación con el acreedor. Los archivos se transferirán en formato PDF y conforme lo estipula el protocolo

de actuación de la Acordada nº 31/2020 de la CSJN para los escritos judiciales que se aplica por analogía para la

presentación tempestiva de créditos. El pago del arancel, en el caso de corresponder, deberá efectuarse mediante

transferencia electrónica a la Caja de Ahorro N° 000400500050325140 CBU n° 0290005610000503251407, a

nombre de Carlos Gustavo Knees cuit 20113617633.El plazo para formular impugnaciones y observaciones ante el

síndico vence el día 25 de octubre de 2021 las que podrán ser contestadas hasta el día 08 de noviembre de 2021.

A los efectos del art. 34 de la LCQ, para el caso que alguno de los pretensos acreedores o la fallida requieran ver

los legajos de otros acreedores con la finalidad de efectuar impugnaciones, deberán requerir a la sindicatura por

correo electrónico los legajos, los que serán enviados para ello por mail. En caso de que el interesado pretenda

realizar las impugnaciones previstas por el art. 34 de la LCQ, deberán efectuarlas también mediante envío de las

mismas por correo electrónico en formato PDF. El informe individual (art. 35 LCQ) será presentado por el síndico el

día 23 de noviembre de 2021.La resolución judicial relativa a los alcances y procedencia de los créditos insinuados

(art. 36 LCQ) será dictada a más tardar el día 07 de diciembre de 2021. El informe general será presentado por el

síndico el día 03 de febrero de 2022 (art. 39 LCQ). Intímase a la fallida para que dentro de las 24 horas entregue al

síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Prohíbese a los terceros

hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímase a la fallida y administradores para que dentro de las 48

horas, constituyan domicilio en jurisdicción del Tribunal, bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones

por el art. 133 CPCC (art. 41 CPCC). Publíquense edictos por cinco días en el “BOLETÍN OFICIAL”. Buenos Aires,

AGOSTO 04 DE 2121.HM VIVIAN FERNANDEZ GARELLO Juez - AIMARA DI NARDO SECRETARIA

e. 09/08/2021 N° 55102/21 v. 13/08/2021