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N° 7507/2019 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales martes, 10 de agosto de 2021

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco

(5) días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 51, de fecha 28 junio de 2021, en la causa Nº 7507/2019/TO1

caratulada “GALEANO HUGO RAMON Y OTRO S/INF. LEY 23737”, Respecto de: ANDREA ESTEFANÍA MENDEZ

DNI N° 37.327.748, argentina, nacida el 04/12/1992, de ocupación empleada doméstica, con instrucción secundaria

completa, hija de Pedro Fernando Méndez y Claudia Isabel Sosa, con domicilio en Calle Las Heras Nº 2526 de esta

Capital; la que dispone: S E N T E N C I A Nº 51, Corrientes, 28 de junio de 2021. Por los fundamentos esgrimidos

precedentemente RESUELVO: 1º) DECLARAR formalmente admisible el Juicio Abreviado (art. 431 bis CPPN); 2º)

… 3º) CONDENAR a ANDREA ESTEFANÍA MENDEZ DNI N° 37.327.748, ya filiada en autos, la pena de tres (03)

años de prisión, y multa de pesos mil ($ 1.000), más accesorias legales y costas, por habérsela hallada partícipe

secundaria penalmente responsable del delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización

previsto y reprimido por el art. 5, inc. c) de la Ley 23.737, (arts. 40, 41, 46 y sgtes. del Código Penal, art. 530, 531,

533 y 535 ccs. del CPPN). 4º) DEJAR EN SUSPENSO el cumplimiento de la pena impuesta precedentemente

a Andrea Estefanía Méndez sujeto a las siguientes condiciones (arts. 26 y 27 bis del Código Penal) que deberá

cumplir la causante por el término de dos (2) años: a) Fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de

Control y Asistencia de Ejecución Penal, b) Abstenerse de concurrir a lugares donde se expendan sustancias

estupefacientes y/o bebidas alcohólicas; todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 27 bis in fine del

Código Penal. 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) …10º) … 11º) … 12º) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar

las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría los cómputos de

pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y oportunamente ARCHIVAR.

–Fdo.: Dr. Víctor Antonio Alonso – Juez de Cámara – Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrientes.- Ante Mí: Dr.

Ramón Delgado – Secretario de Juzgado – Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrientes.- DR. FERMIN AMADO

CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 10/08/2021 N° 55636/21 v. 17/08/2021