N° 1279/2008 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL NRO. 2 - SECRETARÍA NRO. 4
El Juzgado nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 2, a cargo del doctor Esteban
Carlos Furnari, Secretaría Nº 4 a mi cargo, sito en la calle Tucumán 1381 Piso 3º, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires en autos Nº 1279/2008 caratulados “CABANILLAS GRACIELA BEATRIZ Y OTRO c/ EN-M° JUSTICIA-PFA Y
OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS”, que tramitan ante este Juzgado, notifica al Sr. Raúl Alcides Villareal la sentencia
dictada el 17 de diciembre de 2020. Se transcribe auto: “Buenos Aires, 2 de agosto de 2021 Atento al estado de
autos, deviene inoficioso proceder con el libramiento del oficio DEOX al Juzgado Nacional de Ejecución Penal
nro. 3. Habida cuenta que oportunamente se libró cedula por Secretaría al domicilio informado por el Juzgado
de Ejecución de la Pena N° 3 -Amancio Alcorta 2265, CABA- y la misma fuera devuelta con resultado negativo,
a los fines de notificar la sentencia dictada por este Tribunal al Sr. Villareal, publíquese mediante edicto la parte
dispositiva de la misma por el plazo de dos (2) días en el Boletín Oficial. Hágase saber que la publicación ordenada
será gratuita en atención al Beneficio de Litigar sin Gastos iniciado y que el texto íntegro de la sentencia aludida
podrá ser consultado en el apartado “Consulta de Expedientes” de la página www.pjn.gov.ar”.
Se transcribe parte dispositiva de la sentencia: “Buenos Aires, 17 de diciembre de 2020… FALLO: 1º) Haciendo
lugar a la excepción de falta de legitimación activa de los co-actores Graciela Beatriz CABANILLAS y Oscar Elio
LEZCANO para reclamar el rubro indemnizatorio daño moral, que fuera interpuesta por los co-demandados GCBA
y EN y la tercera citada NUEVA ZARELUX S.A.; con costas. 2º) Rechazando la excepción de falta de legitimación
pasiva deducida por el EN; con costas. 3º) Haciendo parcialmente lugar a la demanda interpuesta por los co-actores
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.723 - Segunda Sección 71 Jueves 12 de agosto de 2021
Graciela Beatriz CABANILLAS, Oscar Elio LEZCANO y Yanina Silvina LEZCANO, con el alcance establecido en los
considerandos XIII y XIV de la presente. 4º) Condenando solidariamente a los codemandados GCBA y EN y a los
siguientes terceros: Carlos Rubén DÍAZ, Raúl Alcides VILLARREAL, Diego Marcelo ARGAÑARAZ, Patricio Rogelio
Santos FONTANET, Juan Alberto CARBONE, Elio Rodrigo DELGADO, Maximiliano DJERFY, Christian Eleazar
TORREJÓN, Eduardo Arturo VÁZQUEZ, Daniel Horacio CARDELL, NUEVA ZARELUX S.A. y LAGARTO S.A., con
costas. En caso de que la accionante persiguiera el cobro de las sumas reconocidas al EN, en tanto el crédito de
que aquí se trata no se encuentra alcanzado por la consolidación de deudas dispuesta por la ley nº 25.344, éste se
regirá por lo establecido en el artículo 22 de la ley nº 23.982. Si la actora optase por reclamar el crédito al GCBA,
el mismo se regirá por lo establecido en los artículos 395 y ss. del respectivo Código Contencioso Administrativo
y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (ley 189). En caso de que persiguiera el cobro de las sumas reconocidas
al resto de los vencidos, el trámite se regirá por el artículo 499 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial
de la Nación. Regístrese, notifíquese -a las partes y al Sr. Fiscal
Federal en su público despacho- y, oportunamente, archívese. Firmado ESTEBAN CARLOS FURNARI. Juez
Federal”
Buenos Aires,…….…..de agosto de 2021
Firmado: Mariano Beltrán TOZZI. Secretario Federal
Esteban Carlos Furnari Juez - Mariano Tozzi Secretario Federal
e. 12/08/2021 N° 56636/21 v. 13/08/2021