N° 57509/21 Aviso del Boletín Oficial
INSIGHT GROUP S.A.
Texto del aviso
INSIGHT GROUP S.A.
CUIT 30-71173813-0 Asamblea 14/4/11 se decide aumentar el capital social de $ 200000 a $ 600000. Por Asamblea
22/12/14 y 4/8/21 se aumenta y ratifica aumento de capital social de $ 600000 a $ 1000000. Por Asamblea 4/8/21
se decide aumentar el capital social de $ 1000000 a $ 49000000, dividido en 98 acciones ordinarias, nominativas
no endosables de $ 500000 v/n c/u y 1 voto c/u, suscripto e integrado el 100% así: Gabriel Gonzalez Sagaseta
suscribe 49 acciones equivalente a $ 24500000 y Silvia Edith Sutil suscribe 49 acciones equivalente a $ 24500000.
Asamblea 4/8/21 se reforman Art 3º y 4º de estatuto social quedan así: “OBJETO.- ARTICULO TERCERO: Tiene
por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República
Argentina o del exterior, las siguientes actividades financieras a realizarse: 1) Descuento de valores en general,
cheques físicos, echeq, a su orden o no, a terceros, tanto personas humanas o jurídicas, recibir mandatos de
cobranzas, su custodia bajo la figura de mandatario, mediante cesión del valor, en cualquiera de las formas que el
mercado acepta y la ley exige. Descuento de facturas comunes, de crédito, o cualquier otro instrumento que exista
a la fecha o a circular como título representativo de compromiso de pago y/o prestación de servicios que pueda
ser descontado por la parte para conseguir financiación.- 2) Préstamos a sola firma, para uso comercial, tanto para
personas humanas como jurídicas, con garantía o sin ella, instrumentado de acuerdo con la modalidad adoptada
entre las partes.- 3) Préstamos de consumo, para personas humanas, con código de descuento o sin él, con debito
en CBU, tarjeta de crédito, débito, debin, o cualquier otro medio de pago que se instrumente en el futuro. 4) Asistir
financieramente a personas humanas, jurídicas, mutuales, cooperativas, o cualquier otra entidad que su actividad
sea el préstamo, para el desarrollo de inversiones a terceros, fondeo en general, descuento de cartera o su
adquisición, de acuerdo con las modalidades de estilo al momento de concretarse tal operación.- 5) Constitución
de hipotecas, prendas, o cualquier préstamo con garantía real, su cesión total o parcial, descuento de la misma en
una entidad financiera o no, como constituir garantías sobre la mismas ante terceros, tanto privados como
públicos.- 6) Inversiones financieras en construcción o cualquier otra actividad industrial licita, emprendimientos
de todo tipo, asistir y asesorar solo en la parte financiera, como en cualquier otro proyecto que implique en
esfuerzo financiera al inversor, organizar financieramente, renegociar pasivos, y deudas con acreedores.
Desinteresar de su deuda al tercero, mediante el pago total o parcial de crédito que posee como título ejecutable
o exigible.- 7) Constitución de Fideicomisos financieros, administración, distribución y liquidación de estos por
decisión de los fiduciantes o por estar cumplido el fin por el que se constituyó.- 8) Realizar cobros y pagos por
cuenta y orden de terceros, tanto de empresas públicas, recaudadores de impuestos, empresas particulares,
personas humanas y cualquier otra institución que delegue su cobranza a terceros. A los efectos queda facultados
a firmar y realizar cobro por cuenta de terceros como Rapipago, Pago Fácil, Provincia Net, y toda aquella empresa
existente o a constituirse de recaudación de impuestos y servicios, quedando facultado a instrumentar los medios
necesarios para realizar dichas cobranzas, instalación de locales, uso de logos, y cualquier medio de publicidad
para promocionar dicho servicio, apertura de agencias y sucursales en general. Pagos de retiros de terceros con
tarjeta de débito y/o crédito, según modalidades previstas por la ley, transferencias por cuenta y orden del cliente
a proveedores, otros clientes, pago de servicios en general, como ser impuestos, y cualquier otra obligación
emanada de la actividad comercial, judicial, extrajudicial, o cualquier otro tipo de inicio del compromiso a abonar,
tanto sea a empresas públicas y privadas, instituciones gubernamentales, provinciales, municipales, entre otros.-
9) Asesoramiento sobre la administración de carteras de terceros, su compra, y posterior venta, gestión de cobro
extrajudicial y judicial, realizar quitas, esperas, novaciones, extinciones de las mismas, o cualquier figura existente
o a existir sobre el tratamiento de las mismas, su comercialización en todas las figuras existentes o a existir.- 10)
Operar en la Bolsa y Mercados Argentinos (ByMA) como comitente, en cualquiera de las figuras permitidas y a
permitirse, compra venta de acciones, bonos, títulos, cheques, valores negociales, en carácter de tomador o
lanzador, colocar y/o tomar cauciones bursátiles, alquiler de bonos, como colocador como tomador, constituirse
en Alyc, o cualquier otra figura legal, final de la CNV ya sea existente o a existir siempre y cuando la empresa reúna
los requisitos exigidos para tal constitución o representación.- 11) Emitir tarjetas de créditos según disposición del
BCRA, de débito, participar en billeteras virtuales como proveedor no financiero emisor de tarjeta o por la tarjeta
emitida, para ello, podrá emitir su propia marca de tarjeta, registrarla, vincularse con firmas de nombre reconocido,
como Visa, MasterCard, o cualquier otra similar, de igual, mayor o menor envergadura firmando convenios para tal
fin, asociarse con bancos para la comercialización de tales productos, en la colocación de los mismos, otorgar y
fijar límites de compras, pagos mínimos, tasas de interés reguladas para esos productos, aplicar multas, intereses
compensatorios y/o punitorios de corresponder en tu todo de acuerdo a disposiciones del BCRA.- 12) Asociar,
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.726 - Segunda Sección 9 Martes 17 de agosto de 2021
adherir, vincular en cualquiera de las formas previstas a la empresa, a Pago mis cuentas, Modo, Todo Pago, o
cualquier plataforma de cobranza y/o pago, asociar los productos que la firma comercializa, firmar convenios de
cobro con estas empresas y a las nuevas plataformas que pudieren constituirse. Constituir una plataforma nueva,
participar, asociar, y vender la misma en cualquiera de sus figuras admitidas. 13) Asistir financieramente en
expedientes judiciales, concursos de acreedores, fallidos o en proceso falencial en cualquier estado, juicios
ordinarios civiles, comerciales, ejecutivos, ejecución de garantías, en cualquier etapa de su tramitación,
subrogándose en los derechos, adquiriendo los mismos, asistir a remates inmuebles, adquirir créditos, derechos,
marcas, y cualquier otro tipo de bien que posea tanto valor material o intangible y pueda ser realizable, ejecutar en
todas las formas, realizar garantías, dar garantías, proseguir hasta la conclusión de los mismos, financiando cada
una de estas actividades a terceros, tanto humanos como jurídicas, como inversión financiera propia, siempre la
finalidad principal es obtener un beneficio patrimonial para la firma.- 14) Asistir financieramente a terceros para
ejercer el comercio exterior, tanto al importador como exportador, prefinanciando las mismas en cualquieras de
las formas previstas o a crearse, participando con capital propio al proyecto, realizar el descuento de instrumentos
financieros representativos de las importaciones o exportaciones realizadas o a realizarse, y luego descontadas a
entidades financieras, mutuales y cooperativas, o a título de inversión dejando en cartera dichos instrumentos.- 15)
Queda facultado para presentarse ante el BCRA para constituirse como operadores de cambios, o Casa de
cambios, bajo la figura actual que rige dichas entidades o a existir en el futuro, tanto para la compra y venta de
divisas, monedas, oro, valores negociables dentro del ámbito de la Casa de Cambio, como cheques de viajeros,
venta de los mismos, giros y cobros del exterior, y cualquier otro instrumento que el BCRA permita su comercialización
dentro de la figura antes mencionada o cualquiera a crearse dentro de ese ámbito cambiario.- 16) Cobranza de
cartera morosa, mediante la compra de esta a entidades bancarias, u otras empresas de crédito. Ejercer con los
bancos cualquier tipo de inversión, como en fondos comunes de inversión, plazos fijos, saldo de cuentas
remuneradas, descuento de cartera propia, dar en garantía instrumentos que posee la sociedad, compra y venta
de valores negociables, bonos, tanto públicos como privados, licitar letras, o cualquier instrumento que el estado
Nacional, Provincial, o Municipal emita para financiarse, como así empresas privadas calificadas, que por su
trayectoria e índices de riesgo internacional, ameriten invertir en las mismas.- 17) La apertura de cuentas
recaudadores tendientes a la acreditación de las cobranzas de servicios e impuestos descriptos en el apartado 8
en lo que respecta a Pago Fácil, Provincia Net o Bapronet, Rapipago o cualquier otra empresa de cobranzas.
Como así también para la acreditación de los fondos según el apartado siguiente.- 18) Contratar y firmar contratos
de provisión de cajeros automáticos, para el abastecimiento del dinero para el retiro del usuario, percibiendo la
correspondiente retribución por administrar el mismo. Dicho contrato podrá ser firmado mediante la figura de
compra, leasing, comodato, o cualquier otra figura existente o a existir. Para eso queda también facultado a firmar
contratos con Red Link, Banelco o cualquier plataforma de cajeros automáticos tanto sea nacional, provincial,
municipal. Quedará facultado a contratar la construcción, instalación de este, como su custodia, reposición del
dinero todas las veces que sea necesario, mediante los medios de estilo, contratar seguros, y su mantenimiento.-
19) Todas estas actividades podrán ser realizadas en moneda de curso legal o toda aquella moneda que el Poder
Ejecutivo, o distintos órganos Gubernamentales lo permita, y no viole ninguna disposición al respecto, tanto vigente
como a regir en el futuro.- 20) Leasing en general, sobre bienes muebles e inmuebles, a favor de terceros, su
financiación, otorgamiento, y posterior transmisión del bien cuyo contrato dio origen al mismo. Queda facultado
también al descuento de este ante entidades bancarias, públicas o privadas, cualquiera sea su origen.- 21)
Cualquier otra actividad financiera, de origen licito, no contemplada en el presente objeto, y que por su característica
está vinculado al ámbito que desarrolla la empresa, que es el financiero en sentido amplio, tanto con Bancos,
Comisión Nacional de Valores, servicios de cobranzas y pagos, explotación de cajeros automáticos, judiciales en
el sentido financiero, y actividades privadas, que por su extensión no estén expresamente detalladas, y son
análogas a las enunciadas, y que por su característica o desarrollo no necesita una modificación sustancial del
presente objeto social.- La Sociedad llevará adelante las operaciones y servicios más arriba enumerados sin
quedar comprendida dentro de la ley de entidades financieras”. Y “CAPITAL.- ARTICULO CUARTO: El capital
social es de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES ($ 49.000.000.-), representado por NOVENTA Y OCHO (98)
acciones ordinarias nominativas no endosables, de QUINIENTOS MIL PESOS ($ 500.000.-), valor nominal cada
una, con derecho a un (1) voto por acción.- El capital puede aumentarse al quíntuplo por decisión de la Asamblea
General Ordinaria, conforme al artículo 188 de la ley 19.550.- La resolución respectiva deberá elevarse a escritura
pública. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 206 de fecha 10/08/2021 Reg. Nº 1500
ana maria valdez - Matrícula: 3697 C.E.C.B.A.
e. 17/08/2021 N° 57509/21 v. 17/08/2021