N° 291/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 5
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 5
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3, Secretaría N° 5 notifica a Leandro Enrique ABATIDAGA (D.N.I
N° 24.208.9716) las resoluciones dictadas con fechas 30/03/2021 y 10/04/2021 en el marco de la causa Nº 291/2018,
caratulada “ROSARIO SISTEMAS DE SALUD S.A. Y OTROS S/INF. LEY 24.769”, del registro de la Secretaría Nº 5
del Juzgado Nacional en lo Penal Económico. Con fecha 30/03/2021 se dispuso: “...SE RESUELVE: I) DISPONER
EL ARCHIVO de las presentes actuaciones 291/2018, caratulada: “ROSARIO SISTEMAS DE SALUD S.A. Y OTROS
S/INF. LEY 24.769” con relación a la situación fáctica descripta por el considerado 1º de la presente [los sucesos
vinculados con los aportes a la seguridad social retenidos a los dependientes de Rosario Sistema de Salud,
correspondientes a los periodos a los periodos 03 y 06 a 07 del año 2015 y 08 y 10 del año 2016], de conformidad
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.726 - Segunda Sección 75 Martes 17 de agosto de 2021
con lo dispuesto por el artículo 213, inciso d), del C.P.P.N. II) SIN COSTAS (art. 530 y conc. del C.P.P.N.).Regístrese
y notifíquese. (Fdo.) Rafael CAPUTO. JUEZ. Ante mí: Rosana BERLINGIERI. SECRETARIA.”. Por su parte, con
fecha 10/04/2021 se dispuso: “...SE RESUELVE: I) DECLARAR EXTINGUIDA por pago la acción penal instada con
relación a Carlos Antonio TITA, Esteban Daniel PEREZ, Leandro Enrique ABATIGADA y ROSARIO SISTEMAS DE
SALUD S.A., respecto a la situación fáctica correspondiente a a los periodos fiscales 02/2015; 05/2015; 09/2015;
10/2015; 11/2015; 12/2015; 01/2016; 02/2016; 03/2016; 05/2016; 06/2016; 07/2016; 09/2016; 11/2016; 12/2016;
01/2017. (arts. 10 y 14 de la ley 27.541 con las modificaciones incorporadas por la ley 27562). II) SOBRESEER
por extinción de la acción por pago con relación a Carlos Antonio TITA, Esteban Daniel PEREZ, Leandro Enrique
ABATIGADA y ROSARIO SISTEMAS DE SALUD S.A., en lo atinente a la situación fáctica referida por el punto I)
anterior (arts. 334, 335 y 336 inc. 1°, todos del C.P.P.N.). III) SUSPENDER el ejercicio de la acción penal emergente
de la presente causa N° 291/2018 caratulada: “ROSARIO SISTEMAS DE SALUD S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY
24.769”, con relación a Carlos Antonio TITA, Esteban Daniel PEREZ, Leandro Enrique ABATIGADA y ROSARIO
SISTEMAS DE SALUD S.A. en torno a la presunta apropiación indebida por parte de ROSARIO SISTEMAS DE
SALUD S.A. correspondiente al período fiscal 04/2016, desde el 27 de febrero de 2021 (conf. art. 10 de la ley
27.541, con las modificaciones incorporadas por la ley 27.562). IV) DECLARAR LA INTERRUPCIÓN del curso de la
prescripción de la acción penal emergente de la presente causa N° 291/2018 caratulada: “ROSARIO SISTEMAS
DE SALUD S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769”, en torno a Carlos Antonio TITA, Esteban Daniel PEREZ,
Leandro Enrique ABATIGADA y ROSARIO SISTEMAS DE SALUD S.A. y al hecho detallado por el punto III anterior
correspondientes al periodo 04 de 2016, desde el día 27 de febrero de 2020 (conf. art. 10 de la ley 27.541, con las
modificaciones incorporadas por la ley 27.562). V) REQUERIR a la A.F.I.P.- D.G.I. en los términos del considerando
15° de la presente, a cuyo fin deberá librarse oficio el cual se diligenciará mediante correo electrónico y al cual se
adjuntará copia digital del presente pronunciamiento. VI) SIN COSTAS (arts. 530 y ccdtes. del C.P.P.N.). Regístrese,
y notifíquese. (Fdo.) Rafael CAPUTO. JUEZ. Ante mí: Rosana BERLINGIERI. SECRETARIA.”.
RAFAEL CAPUTO Juez - ROSANA V. BERLINGIERI SECRETARIA
e. 12/08/2021 N° 56685/21 v. 19/08/2021