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N° 58468/21 Aviso del Boletín Oficial

FIBERCORD S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 19 de agosto de 2021

Texto del aviso

FIBERCORD S.A.

CUIT: 30-69732229-5. Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 04/08/2021, se aprobó fijar en tres

el número de directores titulares y designar como tales a los Sres. Nicolás José Santos, Rodolfo Luis Pigni y

Dulcinea Yanina Sancineto. Por acta de Directorio del 05/08/2021 se aprobó la siguiente distribución de cargos:

Presidente: Nicolás José Santos, Vicepresidente: Rodolfo Luis Pigni, Director Titular: Dulcinea Yanina Sancineto.

Los directores aceptaron sus cargos y constituyeron domicilio especial en Avenida Corrientes 2373, Piso 9,

Oficina 46, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del

04/08/2021, se aprobó: a) incorporar el siguiente artículo al estatuto social: “ARTÍCULO 13: Las reuniones de

directores y asambleas de accionistas podrán celebrarse presencialmente o a distancia. Las reuniones a distancia

podrán celebrarse válidamente siempre que se cumpla con los siguientes recaudos: 1) la reunión deberá efectuarse

mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video; 2) se debe garantizar la libre

accesibilidad de todos los participantes, informando en la convocatoria y en la comunicación legal o estatutaria

correspondiente -de manera clara y sencilla- cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de

acceso a efectos de permitir dicha participación; 3) se debe garantizar la participación con voz y voto de todos

los integrantes del órgano respectivo, y con voz del órgano de fiscalización; 4) la reunión deberá ser grabada

en soporte digital, y dicha grabación deberá ser conservada por el representante legal de la sociedad por el

término de 5 (cinco) años, a disposición de cualquier accionista que la solicite; 5) la reunión celebrada deberá ser

transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y

estar suscriptas por el representante legal”; b) renumerar los actuales artículos 13° a 15° del estatuto social, que

pasaran a ser los artículos 14° a 16° y conservarán su orden actual entre sí; y c) ajustar la redacción del artículo

octavo del estatuto social a la normativa vigente, quedando redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO 8:

En garantía del cumplimiento de sus funciones, los Directores deberán constituir una garantía por un monto no

inferior a la suma que establezcan las normas y disposiciones legales vigentes, por cada uno, debiendo constituirse

dicha garantía en las condiciones y en las formas previstas por el ordenamiento legal y reglamentario aplicable”.

Autorizado según instrumento privado Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de fecha 04/08/2021

Dolores Casares - T°: 123 F°: 985 C.P.A.C.F.

e. 19/08/2021 N° 58468/21 v. 19/08/2021