N° 58647/21 Aviso del Boletín Oficial
AMAZING PASTRY S.R.L.
Texto del aviso
AMAZING PASTRY S.R.L.
Constitución: 18/08/2021 Socios: Gabriel Lucas LOVIZZIO argentino, DNI 35.892.535, nacido el 11/01/1991,
domiciliado en Av. Pueyrredón 2478, Piso 4, Depto. C CABA, soltero, comerciante, suscribe 50.000 cuotas de pesos
uno (1) valor nominal cada una; Agustina LISARAZO, argentina, DNI 35.142.997, nacida el 12/09/1990, domiciliada
en Sarmiento 4399, Piso 2, Depto. D CABA, soltera, comerciante, suscribe 50.000 cuotas de pesos uno (1) valor
nominal cada una. Capital PESOS CIEN MIL ($ 100.000) dividido en cien mil (100.000) cuotas de un peso (1) valor
nominal cada una y de un voto por cuota que se suscriben en un 100% y se integran en un 25%. Duración: 99 años;
Sede social: en Sarmiento 4399, Piso 2, Depto. D, CABA; Cierre ejercicio: 30/06; Objeto Social: A) Prestación del
servicio de desayunos, meriendas y comidas a domicilio con el correspondiente kit: B) Elaboración de productos
de panadería, repostería, pastelería y heladería: venta al público en general con o sin envío al domicilio; distribución
a comercios y empresas de los productos elaborados; C) Explotación de restaurantes y cantinas, con actividades
accesorias tales como elaboración y venta al público de comidas preelaboradas y bebidas con entrega en el
local o envío a domicilio; D) Servicio de catering a empresas y particulares con envío a domicilio; E) Explotación
del servicio de bar y confitería, elaboración y venta de bebidas alcohólicas y no alcohólicas al público, con o
sin provisión de servicios adicionales (música, espectáculos en vivo o grabados desarrollados en locales); F)
Adquisición y/u otorgamiento de concesiones y franquicias de y hacia terceras personas siempre en relación a las
actividades correspondientes este objeto. Gerentes: Gabriel Lucas LOVIZZIO con domicilio especial en Sarmiento
4399, Piso 2, Depto. D CABA. Autorizado según instrumento privado CONTRATO de fecha 18/08/2021
KARINA NOEMI MAURICIO - T°: 69 F°: 824 C.P.A.C.F.
e. 20/08/2021 N° 58647/21 v. 20/08/2021