N° 58641/21 Aviso del Boletín Oficial
PILL ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
PILL ARGENTINA S.A.
Constituida por Escritura 77 del 13/8/2021, Registro 2133, Esc Eduardo Tellarini, domiciliado H. Yrigoyen 434 8vo,
CABA, autorizado en dicha escritura: Domicilio Legal: San Pedrito 8, piso 3, oficina B, Caba. Socios: Francisco
Ignacio ALVAREZ, argentino, nacido 5/2/1988, soltero, ingeniero mecánico y magíster en dirección de empresas,
Dni 33545404, Cuit 23335454049, domiciliado en Meisner 912, Presidente Derqui, Pilar, Pcia Bs As, suscribe
8000 acciones. Mariana D’ALICANDRO, argentina, nacida 10/9/1982, farmacéutica, soltera, Dni 29681272, Cuit
27296812728, domiciliada en Uriburu 4650, Sourdeaux, Malvinas Argentinas, Pcia Bs As. suscribe 1000 acciones.
Diego Sebastián LÓPEZ, argentino, nacido 27/7/1984, soltero, farmacéutico, Dni 31034690, Cuit 20310346900,
domiciliado en Betharram 2057 piso 2 Depto A, Martín Coronado, 3 de Febrero, Pcia Bs As. suscribe 500 acciones
y Lucas SCIALABBA BORDAGARAY, argentino, nacido 12/12/1975, casado, farmacéutico, Dni 24552313, Cuit
20245523131, domiciliado en La Alameda, Cáceres y ruta 58, lote 234, Canning, Esteban Echeverría, Pcia Bs As,
suscribe 500 acciones. Objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros a la fabricación
de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos. Venta al por mayor de productos farmacéuticos,
cosméticos, de tocador y de perfumería. Fabricación de sustancias químicas para la elaboración de medicamentos,
de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador. Duración: 99 años desde inscripción IGJ. Capital:
$ 1000000, dividido en 10000 cuotas de $ 100 valor nominal cada una, suscriptas e integradas en su totalidad en
dinero efectivo. Cierre Ejercicio: 31/12. Administración y Representación: Directorio: Director Titular- Presidente:
Francisco Ignacio ALVAREZ y Directora Suplente: mariana D´ALICANDRO, aceptan cargos y fijan domicilio especial
en sede social.
Eduardo Alejandro Tellarini - Matrícula: 4351 C.E.C.B.A.
e. 20/08/2021 N° 58641/21 v. 20/08/2021