N° 59287/21 Aviso del Boletín Oficial
RISE UP S.A.
Texto del aviso
RISE UP S.A.
Rectifica edicto TI Nro. 45072/21 del 30/06/2021: En virtud de la vista conferida por la IGJ se modifica el objeto social
y se reforma el Artículo Tercero del Estatuto Social: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar
por sí o por tercero, o asociada a terceros en el país o en el exterior las siguientes actividades: 1) Prestar servicios
de dirección de negocios, asesoramiento y consultoría empresaria de manera integral en materia comercial,
financiera, técnica, informática y de imagen, a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras; con exclusión
de las actividades de incumbencia profesional previstas en la Ley 20.488. 2) Tecnológica: Investigación, desarrollo,
puesta en marcha, explotación y administración de sitios de internet, aplicaciones celulares y/o demás canales
en desarrollo, con el fin de realizar actividades de comercio electrónico de productos y servicios y/o producción
de contenidos. 3) Financiera: actividades de inversión de conformidad con el artículo 31 de la Ley General de
Sociedades Nº 19.550 a cuyo efecto podrá, entre otras actividades inversoras, adquirir participaciones, acciones,
cuotas, derechos y cualquier otro título valor; realizar aportes e inversiones, en forma de préstamo o de capital,
en sociedades constituidas o a constituirse, en la República Argentina o en el exterior; y prestar asesoramiento
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.730 - Segunda Sección 14 Lunes 23 de agosto de 2021
en proyectos de inversión internacional, provincial, municipal, regional y sectorial. La Sociedad podrá garantizar,
incluso mediante fianza, aval, prenda o hipoteca, obligaciones de sociedades en las que sea accionista. La Sociedad
podrá otorgar y tomar préstamos, con garantías reales o personales o sin garantía, constituir hipotecas y prendas
con o sin desplazamiento, celebrar contratos de leasing y otorgar otras garantías sean personales o reales; realizar
transacciones y compraventa de títulos valores, cotizados en bolsas o mercado de valores o no; con exclusión
de las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o que requieran del concurso público; no
resultando propósito realizar actividades que incorporen a la Sociedad entre las sociedades regladas por el Inc. 4
del Art. 299 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. 4) Fiduciaria: pudiendo revestir el carácter de fiduciaria,
fideicomisario o fiduciante, en cualquier tipo de fideicomiso, con excepción de los fideicomisos financieros. Las
actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. Para
el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.”. Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 57 de fecha 18/06/2021 Reg. Nº 654
Juliana Mascheroni - Matrícula: 5302 C.E.C.B.A.
e. 23/08/2021 N° 59287/21 v. 23/08/2021