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N° 59287/21 Aviso del Boletín Oficial

RISE UP S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 23 de agosto de 2021

Texto del aviso

RISE UP S.A.

Rectifica edicto TI Nro. 45072/21 del 30/06/2021: En virtud de la vista conferida por la IGJ se modifica el objeto social

y se reforma el Artículo Tercero del Estatuto Social: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar

por sí o por tercero, o asociada a terceros en el país o en el exterior las siguientes actividades: 1) Prestar servicios

de dirección de negocios, asesoramiento y consultoría empresaria de manera integral en materia comercial,

financiera, técnica, informática y de imagen, a personas físicas y jurídicas, nacionales o extranjeras; con exclusión

de las actividades de incumbencia profesional previstas en la Ley 20.488. 2) Tecnológica: Investigación, desarrollo,

puesta en marcha, explotación y administración de sitios de internet, aplicaciones celulares y/o demás canales

en desarrollo, con el fin de realizar actividades de comercio electrónico de productos y servicios y/o producción

de contenidos. 3) Financiera: actividades de inversión de conformidad con el artículo 31 de la Ley General de

Sociedades Nº 19.550 a cuyo efecto podrá, entre otras actividades inversoras, adquirir participaciones, acciones,

cuotas, derechos y cualquier otro título valor; realizar aportes e inversiones, en forma de préstamo o de capital,

en sociedades constituidas o a constituirse, en la República Argentina o en el exterior; y prestar asesoramiento

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.730 - Segunda Sección 14 Lunes 23 de agosto de 2021

en proyectos de inversión internacional, provincial, municipal, regional y sectorial. La Sociedad podrá garantizar,

incluso mediante fianza, aval, prenda o hipoteca, obligaciones de sociedades en las que sea accionista. La Sociedad

podrá otorgar y tomar préstamos, con garantías reales o personales o sin garantía, constituir hipotecas y prendas

con o sin desplazamiento, celebrar contratos de leasing y otorgar otras garantías sean personales o reales; realizar

transacciones y compraventa de títulos valores, cotizados en bolsas o mercado de valores o no; con exclusión

de las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras o que requieran del concurso público; no

resultando propósito realizar actividades que incorporen a la Sociedad entre las sociedades regladas por el Inc. 4

del Art. 299 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550. 4) Fiduciaria: pudiendo revestir el carácter de fiduciaria,

fideicomisario o fiduciante, en cualquier tipo de fideicomiso, con excepción de los fideicomisos financieros. Las

actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales con título habilitante en la materia. Para

el cumplimiento del objeto social, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.”. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 57 de fecha 18/06/2021 Reg. Nº 654

Juliana Mascheroni - Matrícula: 5302 C.E.C.B.A.

e. 23/08/2021 N° 59287/21 v. 23/08/2021