N° 61612/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 15 - SECRETARÍA NRO. 29
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 15, Sec. Nº 29, sito en la Av. Callao 635 piso 3° CABA,
comunica por 2 días que en autos “Cartelli, Martin Francisco s/quiebra” (34078/2015) que el martillero Carlos
Alberto Morano 20-23205355-1 (1569570563 - carlos_morano@hotmail.com), subastará el día 27/9/21, a las 11,45
hs. en el Salón de calle Jean Jaures 545 CABA, el 100% del vehículo Marca: Peugeot, color blanco, modelo: 408
Allure 2.0 +, transmisión: triptonic, dominio: LTC963, año: 2012, en el estado en el que se encuentra y exhibe –
carrocería con deterioros y rayones; no se pudo observar si presenta algún problema de estructura por choques;
sin daños importantes en su interior; sistema eléctrico de puertas, vidrios y asientos no pudo comprobarse que
funcionen; el motor no enciende; las llaves de apertura automática no funcionan, solo si se accionan en forma
mecánica; se procedió a la puesta en marcha y funciona el sistema eléctrico, salvo el levantavidrios de la puerta del
conductor-. Base: $ 380.000.- Comisión 10%, Arancel subasta 0,25%. Todo al contado y al mejor postor. En caso
de corresponder el pago del IVA por la compraventa, no se encuentra incluido en el precio y deberá ser solventado
en su totalidad por el comprador. Exhibición: 16 y 17/9/21 de 11,30 a 13 hs., en el depósito de la firma Narváez
(subsuelo del Carrefour de ruta 202 y panamericana, San Fernando, Pcia. de Bs. As.). No procede la compra
en comisión, ni la cesión del boleto de compraventa. Para concurrir a los remates el público deberá inscribirse
previamente a través de la web del Alto Tribunal (www.csjn.gov.ar) ir a Oficina de Subastas -Trámites: turnos
registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 Pb, Caba, con el formulario que indica el
sitio aludido. Las deudas por impuestos o multas devengadas antes de la declaración de la quiebres deberán ser
verificadas en la quiebra, los comprendidos entre la declaración de la quiebra y la fecha de la toma de posesión
del bien serán gastos del concurso, y los posteriores a la toma de posesión quedaran a cargo del adquirente. Se
presume que todos los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos, del decreto de subasta
y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Máximo Astorga Juez - Ana Paula Ferrara
Secretaria
e. 30/08/2021 N° 61612/21 v. 31/08/2021