N° 16181/2017 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 23, secretaría Nº46, sito en Marcelo T. de Alvear 1840,
PB de C.A.B.A., comunica por tres días en autos:“FIDEICOMISO OIL TRUST S/LIQUIDACIÓN JUDICIAL S/INC.
DE VENTA” Expte. Nº16181/2017/1 que se ha llamado a mejorar la oferta presentada por Moviport SA por la suma
de US$ 600.000 del inmueble ubicado en el Parque Industrial COMIRSA del Complejo Industrial Ramallo, Prov.
Buenos Aires, identificado como Parcela 1, Fracción 40.- Nom. Cat.: Circ.V, Secc.E, Fracc. 40, Parcela 1, Matrícula
9863 Pcia. de Buenos Aires. El inmueble se encuentra Desocupado y en mal estado de conservación, tiene 6
silos metálicos, galpón, tinglado y construcciones totalmente desmanteladas, se encuentra lindero a Serviacero
de Siderar S.A., s/ruta asfaltada.- Todo según constatación obrante en autos.- Con todo lo plantado, edificado
y adherido al suelo.- Superficie: 4 has. 46 as. 73 ca. 75 dms.- El llamado se encuentra sujeto a las condiciones
establecidas en el decreto de subasta obrante a fs. 395/397 y su decisión ampliatoria del 16.08.2019, en todo
aquello que no sea modificado por la resolución dictada en fecha 24.08.2021 mediante la cual se dispuso que:
las ofertas a presentarse deberán superar al menos en un 5% los términos de la oferta que se llama a mejorar;
cada interesado deberá efectuar una garantía de mantenimiento de oferta del 10% del valor ofertado; las ofertas
deberán presentarse en sobre cerrado en la Mesa de Entradas del Juzgado hasta el día 28.09.2021, fijándose
la fecha de apertura de sobres para el día 1.10.2021 a las 11:30hs. Una vez abierto cada sobre, leída a viva voz
las ofertas y los datos de los eventuales oferentes, se considerarán las dos mejores y se habilitará una puja,
otorgándole además la posibilidad de incrementar su oferta a Moviport S.A. Quien resulte adjudicatario deberá
pagar ya sea en esa moneda extranjera ó en pesos moneda argentina, considerándose para este último supuesto
el valor del dólar estadounidense según su precio de venta del día anterior al que debiera efectuarse el pago en
la cotización fijada por el Banco de la Nación Argentina. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del
quinto día del acto de apertura de sobre sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo
dispuesto por los arts. 580 y 584 CPCCN, dándole también por perdida al oferente la garantía de mantenimiento
de la oferta. Se le fija al adjudicatario el plazo de veinte días hábiles para tomar posesión del inmueble, término
que se contará desde la notificación por nota de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del
vencimiento de ese plazo o de la fecha de toma de posesión si ésta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente
las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, mas no responderá por las que se hayan devengado
con anterioridad a ese momento. Se fija como condición de venta que el adquirente renuncia, en los términos
de los arts. 1034 y 1036 del código civil y comercial de la Nación, a todo derecho a reclamar por saneamiento,
evicción, o vicios ocultos. Quien resulte adquirente del inmueble deberá ajustarse a las disposiciones de la ley
11.473, con las modificaciones introducidas por la ley 14.206 y su decreto reglamentario 1.847/94, y demás normas
que refiere la documentación glosada en autos a fs. 401/13, que se encuentra a disposición de todo interesado
y que las actividades a desarrollar serán las contempladas por el art. 15 de la ley 11.459. De conformidad con
lo dispuesto por los arts. 19 y 22 inc. c) del Decreto 1.847/94, el cambio de destino que le otorgue quien resulte
adquirente del inmueble, debe ser autorizado por la Autoridad de Aplicación, revistiendo tal categoría el Ministerio
de Economía tal como lo dispone el art. 13 del Decreto Ley 10.119/8. El predio actualmente admite la categoría 3
de actividad industrial como destino a otorgarle al inmueble. Lo expuesto se condice con lo dispuesto por el art.
1º de la Ley 11.431 –indicada en el Asiento 1 del informe de dominio obrante a fs. 41/43. Se deja establecido que
la presentación de las ofertas importará presumir el pleno conocimiento de todas las condiciones a las que está
sujeto el llamado a mejora de oferta y respecto de la situación dominial del bien objeto de esta última. Teniendo
en consideración la modalidad de venta, en este caso se admitirá la compra “en comisión”, la cesión del boleto,
la compra por poder o mandato. Se hace saber a los interesados que de querer compulsar las actuaciones físicas
para interiorizarse sobre el bien sacado a la venta y cualquier otra aspecto del expediente, que podrán pedir turnos
al correo electrónico de la secretaría jncomercial23.sec46@pjn.gov.ar.A los efectos de la exhibición del inmueble y
sin perjuicio del acceso que cada interesado pueda tener al Parque Industrial COMIRSA, podrán contactarse con
el liquidador Juan Marcelo Villoldo al teléfono 11-4430-5910 y correo electrónico mvilloldo@gmail.com. Buenos
Aires, 25 de agosto de 2021.
FERNANDO J. PERILLO Juez - DIEGO M. PARDUCCI SECRETARIO
e. 30/08/2021 N° 61563/21 v. 01/09/2021