N° 61603/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 3 - SECRETARÍA NRO. 6
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº3 sito en Av. Callao 635 6º Piso de esta Ciudad, a cargo
del Dr. Jorge Silvio Sícoli, Secretaría Nº6 a mi cargo, comunica que en los autos: “CIRCULO de SUBOFICIALES
del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL ARGENTINO S/ Quiebra S/ Incidente de realización de bienes Villa los
Aromos Provincia de CORDOBA” (Expte: 20.406/2007/15) se ha dispuesto la venta en pública subasta del siguiente
bien perteneciente a la fallida: HOTEL “SOLANAS del RIO” ubicado en la Localidad de VILLA LOS AROMOS.
LA BOLSA, PEDANIA de ALTA GRACIA, DEPARTAMENTO DE SANTA MARIA de la PROVINCIA de CORDOBA
Designado como Lote 11 A y Lote 12 de la Manzana Letra A de la Sección Primera en el plano aprobado por la
dirección Nacional de Catastro número U - Ciento Setenta y Ocho y U - Trescientos Setenta y Siete. el inmueble
es un hotel en regular estado de conservación, con un amplio espacio verde, una casa para el casero con más
la construcción que fuera el hotel con sus habitaciones y baños, El mismo cuenta con una Superficie total de
Lote 11: 7.774,27 Metros cuadrados y Lote 12: 2.332,06.- Metros cuadrados por lo que hay una superficie total de
10.106,33 m2. el mismo se encuentra ocupado por el Sr. LUIS MARIA ARIAS quien se desempeña como custodio
o cuidador del inmueble a subastar. La Subasta se realizará en la Oficina de Subastas sita en JEAN JAURES 545
de CAPITAL FEDERAL, el día 7 de Octubre de 2021 a las 9:45 Hs, día de EXHIBICIÓN: 2 de Octubre de 10 a 14
Hs (se hace saber que para concurrir a los remates el público deberá inscribirse previamente a través de la web
del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ir al Link Oficina de Subastas - Trámites: Turno registro y deberá presentarse
el día y hora asignado en JEAN JAURES 545 PB de CABA con el formulario que indica el sitio aludido), por
intermedio del Martillero Ariel Gerardo Keller, en el estado en que se encuentren en las siguientes condiciones:
Base: U$S 160.000.- al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo, seña 30%, comisión 3%, Arancel Acordada
10/99 CSJN 0,25%; Sellado 1,2%. Hágase saber que la integración del saldo de precio deberá efectuarse dentro
del quinto día de aprobada la subasta, sin otra comunicación, bajo apercibimiento de ser postor remiso. Se hace
saber asimismo que las transferencias y/o depósitos que tengan lugar en autos deberán ser realizados en el
Banco Ciudad Sucursal Tribunales. El comprador al suscribir el boleto deberá constituir domicilio dentro del radio
de Capital Federal y declarará conocer el estado físico y de ocupación del inmueble. Las deudas en concepto de
servicios, impuestos, tasas o contribuciones anteriores a la posesión del bien, no serán a cargo del comprador,
como sí las posteriores. Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta, como así también la
posterior cesión del boleto de compraventa. Serán admitidas ofertas bajo sobre, las que deberán ser presentadas
ante el Juzgado y Secretaría hasta dos días hábiles antes de la subasta en el horario de atención del Tribunal. La
oferta se presentará por duplicado en sobre cerrado indicando en su exterior la carátula del expediente, el nombre
del oferente, quien podrá actuar por sí o por apoderado, el domicilio que constituya en la jurisdicción del juzgado y
el importe correspondiente a la seña fijada para la subasta, comisión y sellado, discriminándolo mediante depósito
judicial en el Banco Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta de autos y a la orden de V.S., no siendo necesario el
patrocinio letrado; las que serán entregadas al martillero bajo recibo y serán abiertas por éste al iniciarse el acto
del remate. El martillero antes de la realización de la subasta, dará lectura a la mayor oferta, sirviendo ésta como
base para recibir nuevas posturas. En la puja podrán también intervenir quienes efectuaron ofertas bajo sobre. Si
la oferta bajo sobre no resulta mejorada en la subasta, el martillero procederá a la adjudicación del bien. Corre por
cuenta del comprador: 1) La remoción de cualquier impedimento que obstaculizara la escrituración y fuera ajeno
al Concurso y 2) Hacerse cargo de la totalidad de gastos que ocasione la escritura de cualquier índole que sea.
JORGE S. SÍCOLI Juez - SANTIAGO CAPPAGLI SECRETARIO
e. 30/08/2021 N° 61603/21 v. 03/09/2021