N° 63671/21 Aviso del Boletín Oficial
LOCKTON CORREDORES DE REASEGUROS S.A.
Texto del aviso
LOCKTON CORREDORES DE REASEGUROS S.A.
CUIT 30710168489. El 20/8/2021, la Sociedad resolvió reformar los artículos cuarto, octavo, décimo, décimo
tercero y décimo cuarto del estatuto social. Se eliminaron las clases de acciones. Artículo cuarto: establece que el
Capital Social es de $ 17.000.000, representado por 17.000.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables
de un peso de valor nominal cada una y de un voto por acción. Artículo octavo: la administración estará a cargo
de un Directorio compuesto de entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros titulares, e igual o
menor número de suplentes, cuyo mandato tendrá una duración de tres (3) ejercicios. Artículo décimo: establece
que la representación legal de la sociedad será ejercida por el Presidente, y en su ausencia o impedimento, por
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.740 - Segunda Sección 8 Viernes 3 de septiembre de 2021
el Vicepresidente, si lo hubiera. Artículo décimo tercero: incorpora la posibilidad de celebración de Asambleas a
distancia. Artículo décimo cuarto: establece que cada acción ordinaria suscripta, confiere uno a cinco votos. Las
acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. Los accionistas tendrán preferencia y derecho de
acrecer en la suscripción de las nuevas emisiones de acciones, en proporción a sus respectivas tenencias, salvo el
caso de emisiones con destino especial, en interés de la sociedad, en las condiciones que establece el artículo 197
de la Ley Número 19.550. El derecho de preferencia deberá ejercerse dentro del plazo de treinta días siguientes al
de la última publicación que por tres días se efectuará en el Boletín Oficial. En caso de mora en la integración de
las acciones, el Directorio podrá elegir cualquiera de los procedimientos del artículo 193 de la Ley Número 19.550
Autorizado según instrumento privado Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de fecha 20/08/2021
Francisco Joaquin da Silva Esteves - T°: 140 F°: 196 C.P.A.C.F.
e. 03/09/2021 N° 63671/21 v. 03/09/2021