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N° 37263/21 Aviso del Boletín Oficial

ARVAC S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 6 de septiembre de 2021

Texto del aviso

ARVAC S.A.

C.U.I.T. 30-69284713-6.- Se Complementa publicación N° 37263/21 v. 03/06/2021.- Por acta de Asamblea

Extraordinaria del 16/08/2021 se decidió modificar el ARTICULO OCTAVO del estatuto Social: La Dirección y

la Administración de la sociedad estára a cargo del Directorio integrado por uno a cinco titulares, pudiendo la

Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su

designación.- El término de su elección es de tres ejercicios. La Asamblea fijará el número de directores así como

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.741 - Segunda Sección 4 Lunes 6 de septiembre de 2021

su remuneración. El directorio sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de los

presentes; en caso de empate, el Presidente desempatará votando nuevamente.- En su primera reunión designará

un Presidente, pudiendo, en caso de pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que suplirá al primero en

su ausencia o impedimento. Los Directores deben prestar una garantía en bonos, títulos públicos o sumas de

moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad;

o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad.- La

presente garantía deberá permanecer indisponible mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales

acciones de responsabilidad.- El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las

que requieran poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y del artículo 9

del Decreto Ley número 5965/63. Podrá especialmente operar con toda clase de bancos, compañías financieras o

entidades crediticias oficiales y privadas, dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administras

u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denunciar o querellas penales y

realizar todo otro hecho o acto jurídicos que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad. La

representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente, en su caso.”.-

Autorizado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA de fecha 16/08/2021

Luis Alberto Mesaglio - T°: 51 F°: 920 C.P.A.C.F.

e. 06/09/2021 N° 63831/21 v. 06/09/2021