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N° 64035/21 Aviso del Boletín Oficial

GRUPO FINANCIERO GALICIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 6 de septiembre de 2021

Texto del aviso

GRUPO FINANCIERO GALICIA S.A.

CUIT 30-70496280-7 comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el

27 de abril de 2021 se resolvió modificar los artículos 20° y 23° del Estatuto Social, los que quedarán redactados

de la siguiente manera: ARTÍCULO VIGÉSIMO: Las asambleas serán ordinarias o extraordinarias de conformidad

al temario sometido a su consideración, ajustándose para ello a lo que disponen los artículos 234, 235 y

concordantes de la Ley de Sociedades. Las asambleas se reunirán en la sede social con presencia física o por

medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras tales como videoconferencias o herramientas

similares –a distancia-, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en la normativa aplicable al momento

de la celebración. ARTÍCULO VIGESIMOTERCERO: a. Para el funcionamiento de las asambleas rigen el quórum y

mayorías determinados por los artículos 243 y 244 de la Ley General de Sociedades, según la clase de asamblea,

convocatoria y materia de que se trate, excepto en cuanto al quórum de la asamblea extraordinaria en segunda

convocatoria, la que se considerará válidamente constituida cualquiera sea el número de acciones presentes con

derecho a voto. b. Para el cómputo del quórum y de las mayorías, se considerarán tanto a los accionistas o sus

representantes que se encuentren presentes de forma física, como aquéllos que participen a distancia por medios

de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras tales como videoconferencias o herramientas similares,

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.741 - Segunda Sección 9 Lunes 6 de septiembre de 2021

de conformidad con las reglamentaciones vigentes. c. Las votaciones se realizarán por signos o en la forma que el

presidente con el asentimiento de la asamblea determine. A pedido de los accionistas que voten en contra de una

determinada resolución, o que se abstengan de votarla, se dejará constancia de su individualización. d. En el libro de

actas de asamblea se transcribirá el acta de cada reunión de la asamblea, en la cual se dejará constancia resumida

de las deliberaciones y se transcribirán textualmente las resoluciones adoptadas. Las actas serán firmadas por el

presidente, por los accionistas que la asamblea designe al efecto y por el secretario de la asamblea y escrutadores

si la asamblea los hubiere designado. La firma del acta por los accionistas o representantes designados juntamente

con la del presidente, importa su aprobación. e. La asamblea se constituirá en sesión permanente hasta que sean

resueltos todos los asuntos comprendidos en el orden del día. La asamblea puede pasar a cuarto intermedio por

una sola vez, a fin de continuar dentro de los treinta días corridos siguientes. Sólo podrán participar de la segunda

reunión los accionistas legitimados para participar en la primera reunión por haber cumplido con la notificación

dispuesta en el artículo 238 de la Ley de Sociedades. Se confeccionará un acta de cada reunión.

Designado según instrumento privado Acta de directorio de fecha 25/04/2019 EDUARDO JOSE ESCASANY -

Presidente

e. 06/09/2021 N° 64035/21 v. 06/09/2021