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N° 64265/21 Aviso del Boletín Oficial

LSAF S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 6 de septiembre de 2021

Texto del aviso

LSAF S.R.L.

CUIT: 30-71718857-4. Por reunión de socios N° 3 de fecha 26/08/2021 protocolizada por Esc. 320 del 02/09/2021

Reg 1092: Se Amplió el Objeto Social reformando el artículo tercero quedando redactado: “ARTICULO TERCERO:

La sociedad tendrá por objeto dedicarse a realizar por cuenta propia o de terceros, en todo el país y/o en el

extranjero las siguientes actividades: a) Otorgar préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o

sociedades comerciales, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías

previstas en la legislación vigente o sin ellas, negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios, otorgar

fianzas y avales a terceros, y realizar operaciones financieras en general relacionadas con la actividad constructora

e inmobiliaria.- Quedan excluidas las operaciones de la Ley de Entidades Financieras y toda aquella que requiera

el concurso del ahorro público.- b) comprar y vender monedas y billetes extranjeros; compra, venta y canje de

cheques de viajero; compra y venta de oro amonedado y en barras de buena entrega; arbitrajes con instrumentos

en los cuales pueden operar; c) prestación de servicios de dictado de cursos de sobre finanzas e inversiones a

particulares o a sociedades comerciales y d) Dedicarse por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya

sea dentro o fuera del país a toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las actividades: a)

Agente Productor de Agente de Negociación comprendidas en la Ley de Mercado de Capitales 26.831. La sociedad

tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda

actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en

su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar

como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores;

tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de

Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. La sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.741 - Segunda Sección 25 Lunes 6 de septiembre de 2021

leyes o por este Contrato Social requiriendo la intervención de profesionales habilitados para aquella actividad que

así lo requiera.- “

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 320 de fecha 02/09/2021 Reg. Nº 1092

María Soledad Meira - Matrícula: 4972 C.E.C.B.A.

e. 06/09/2021 N° 64265/21 v. 06/09/2021