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N° 65167/21 Aviso del Boletín Oficial

CADIZ IMPORTADORA EXPORTADORA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 8 de septiembre de 2021

Texto del aviso

CADIZ IMPORTADORA EXPORTADORA S.R.L.

C.U.I.T 30-71585978-1. Por Instrumento Privado de fecha 02/09/2021: 1) Diego Gastón FONTE, argentino, nacido

el 9/3/1980, DNI 28.032.627, C.U.I.L. 20-28032627-6, casado en primeras nupcias con Mirta Belen Barreiro, Lic.

en Comercio Internacional, domiciliado en Av. Directorio 1317, Piso 2º Dpto “B”, CABA, CEDIÓ y TRANSFIRIÓ

la cantidad de DOSCIENTAS CINCUENTA MIL CUOTAS SOCIALES, de valor nominal pesos uno ($ 1,00.-) cada

una, a Gustavo Andres LOPEZ, nacido el 30/4/1973, D.N.I. 23.329.280, C.U.I.T. 20-23329280-0, divorciado, Lic. en

Comercio Internacional y Carolina CORTEZ, nacida el 2/5/1986, DNI 32.357.670, C.U.I.L. 27-32357670-5, soltera,

empleada, ambos argentinos y domiciliados en Adolfo Alsina 3949, Villa Martelli, Vicente López, Pcia. de Buenos

Aires; quienes las adquirieron en la siguiente proporción: La cantidad de 200.000 cuotas Gustavo Andres LÓPEZ;

y la cantidad de 50.000 cuotas Carolina CORTEZ.- 2) Se reformó el artículo cuarto del contrato social, el cual

quedó redactado: “ARTICULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL: El capital social es de QUINIENTOS MIL PESOS,

dividido en cinco mil cuotas sociales (5.000) de cien pesos valor nominal cada una ($ 100), con derecho a un voto

por cuota.”- 3) Se reformó el artículo octavo del contrato social, el cual quedó redactado: “ARTICULO OCTAVO:

ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL: La administración, representación legal y uso de la firma social,

estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, que ejercerán tal función en forma indistinta, designados por

los socios por mayorías, durando todo el plazo que dure la sociedad, o hasta que la reunión de socios les revoque

el mandato mediando justa causa. Tendrán amplias facultades de administración y disposición, incluso aquellas

que requieren poderes especiales a tenor del Artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Artículo 9

del Decreto Ley 5965/63. Podrán especialmente operar con los Bancos: de la Nación Argentina, de la Ciudad de

Buenos Aires, de la Provincia de Buenos Aires, y demás bancos, compañías financiera, cooperativas o entidades

crediticias oficiales o privadas, sean nacionales o extranjeras, otorgar y revocar poderes especiales, generales,

judiciales y de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar y proseguir, contestar o desistir denuncias

o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones

a la sociedad. En cumplimiento del artículo 256 de la Ley General de Sociedades los gerentes en garantía de su

desempeño, constituirán un seguro de caución, con la suma que corresponda conforme lo disponga la normativa

vigente y de acuerdo con el mecanismo autorizado por la entidad u organismo de control correspondiente, o

su equivalente en títulos valores.- ” 4) Diego Gastón FONTE, renunció a su cargo de Gerente en la sociedad. Se

ratificó en el cargo de gerente a Gustavo Andres LÓPEZ, quien aceptó el cargo y constituyó domicilio especial

en Uruguay número 239, piso 8, departamento “F”, CABA. CUADRO DE SUSCRIPCIÓN: Gustavo Andres LÓPEZ,

suscribe e integra 4.500 cuotas sociales y Carolina CORTEZ suscribe e integra 500 cuotas sociales.-

Autorizado según instrumento privado de cesión de cuotas sociales de fecha 02/09/2021.-

Eugenia Romina Adorno - T°: 115 F°: 722 C.P.A.C.F.

e. 08/09/2021 N° 65167/21 v. 08/09/2021