N° 65529/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 -
Texto del aviso
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 -
SECRETARÍA ÚNICA DE AVELLANEDA - PCIA. DE BUENOS AIRES
El Juzgado Civil y Comercial Nº 1, a cargo del Dr. Pablo Ernesto Bocaccia, Secretaría a cargo de la Dra. Laura
Silvia Moriconi, sito en Calle Iriarte N° 158, de Avellaneda, hace saber y comunica por el plazo de cinco días, que
el 19/04/21 en el marco de la causa \Cudina Aylen Daniela s/Concurso Preventivo (Pequeño) (AL - 21609 - 2020) ”,
se ha decretado la apertura del concurso preventivo de CUDINA AYLEN DANIELA (DNI 31.317.630), con domicilio
real en la calle 306 Nro. 861, Ranelagh, Provincia de Buenos Aires; con fecha de presentación el 30/12/2020. En
fecha 18/08/2021 se ha resuelto que los acreedores deberán concurrir a verificar sus créditos ante los Síndicos
Cdres. Gabriela N. Fernández; Horacio M.Garcia; y Claudio Fabián Tayar Barrios, hasta el día 29/11/2021. De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 inciso 9°, 35 y 39 de la ley 24.522 se fija la fecha del 22/12/2021
para la presentación del informe individual de créditos y 28/02/2022 del informe general acerca de la composición
del activo y del pasivo por parte de la sindicatura. Arancel verificatorio 10% del salario mínimo, vital y móvil vigente
al momento de verificación. Los síndicos han establecido el siguiente protocolo de atención a los acreedores
aprobado por este juzgado: A tenor de lo expuesto, proponemos que los acreedores por causa o título anterior
a la presentación y sus garantes, a los fines de formular el pedido de verificación deberán acompañar copia de
toda la documentación en archivo digital PDF que no supere los 15 MB, incluida la demanda de verificación y
documentación tendiente a la acreditación de la personería por correo electrónico a la siguiente dirección: estudio.
fgt@gmail.com. Recibidas por la sindicatura las mismas, se le dará al pretenso acreedor un turno con indicación de
día y horario para que concurra el peticionante y/o su apoderado con los originales, a los fines de dejar constancia
en ellos del pedido de verificación, en esa oportunidad deberá abonarse el arancel. A estos efectos, y a raíz de
la emergencia sanitaria que es de público y notorio conocimiento; esta sindicatura -con el objeto de acotar la
circulación- ofrece 2 domicilios alternativos en los cuales podrá optar el acreedor para concurrir, con turno. Siendo
los mismos: Domicilio de estudio: Alem 1616, 1er piso of G, (1828) Banfield Oeste. Claudio F. Tayar Barrios, Cel
011-4435-5795 y Gabriela N. Fernandez: domicilio Ascasubi 115 e/Lebensohn y Chiclana, Bernal. Cel 011-6599-
0334. Se hace constar que al momento de solicitarse el turno y remitirse la documental, los acreedores deberán
consignar un teléfono y correo electrónico de contacto para -de ser necesario poder ejercer las facultades de
información previstas en el Art. 33 LCQ. Respecto del periodo de observación de crédito, deberá requerirse turno
para concurrir a observar los legajos, siguiéndose igual procedimiento al verificatorio para la recepción de las
impugnaciones. Firmado por: Pablo Ernesto Bocaccia – Juez
e. 09/09/2021 N° 65529/21 v. 15/09/2021