N° 66328/21 Aviso del Boletín Oficial
TOMAR INVERSIONES S.A.
Texto del aviso
TOMAR INVERSIONES S.A.
CUIT 30-71444646-7 “TOMAR INVERSIONES S.A.”
Por Asamblea del 2/09/2021 se reforman artículos 4,10, y 13 del estatuto social y se aprueba texto ordenado:
“ARTÍCULO CUATRO.- La Sociedad tiene por objeto realizar las actividades autorizadas para los Agentes de
Liquidación y Compensación contemplados en la ley 26.831, con sus complementarias y modificatorias, y la
reglamentación de la Comisión Nacional de Valores (la “Normativa Aplicable”). A tales fines, la Sociedad podrá:
(a) brindar asesoramiento respecto de inversiones en el mercado de capitales; (b) actuar en la colocación primaria
ingresando ofertas y en la negociación secundaria registrando operaciones a través de los sistemas informáticos
de negociación de los mercados autorizados, e intervenir en la liquidación y compensación de las operaciones
concertadas, conforme lo establezca la Normativa Aplicable; (c) cursar órdenes para realizar operaciones de
compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización por parte de comisiones
de valores u otros organismos de control extranjeros, conforme lo establezca la Normativa Aplicable; (d) operar
por instrucciones específicas y/o ejercer administración discrecional -total o parcial- de carteras de inversión,
conforme lo establezca la Normativa Aplicable; y (e) recibir y custodiar fondos y/o valores negociables, conforme
lo establezca la Normativa Aplicable. La referencia precedente es enunciativa en tanto la Sociedad podrá llevar
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.746 - Segunda Sección 11 Lunes 13 de septiembre de 2021
adelante (y exclusivamente) todas aquellas actividades complementarias o adicionales que autorice la Normativa
Aplicable. En todos los casos, las actividades desarrolladas por la Sociedad conforme la Normativa Aplicable
requerirán el cumplimiento de las normas de la Comisión Nacional de Valores. A los fines expuestos, la Sociedad
tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda
actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su
objeto, la Sociedad podrá realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen con su objeto,
sin más limitaciones que las provenientes de la Normativa Aplicable, la Ley General de Sociedades -y sus normas
modificatorias, complementarias, y reglamentarias-, y este estatuto.”. ARTÍCULO DÉCIMO: Se modifica plazo de
duración del directorio de 1 a 3 ejercicios.- ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Se modifica plazo de duración de la
sindicatura de 1 a 3 ejercicios.”. Lucila X. Cadoche, autorizada por escritura 238 fs 512 del 9/09/2021. REG. 975.-
CABA
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 238 de fecha 09/09/2021 Reg. Nº 975
Lucila Ximena Cadoche - Matrícula: 4865 C.E.C.B.A.
e. 13/09/2021 N° 66328/21 v. 13/09/2021