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N° 67179/21 Aviso del Boletín Oficial

ACQ Y MAS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 14 de septiembre de 2021

Texto del aviso

ACQ Y MAS S.A.

CUIT 30715003097. Por Asamblea del 13/9/21 se reformó el Artículo 3° del Estatuto Social, quedando redactado

“ARTICULO TERCERO: Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia de terceros o asociada

a terceros, dentro y fuera del territorio de la República Argentina, las siguientes actividades: operar y funcionar

como proveedor de servicios de pago (PSP) cumpliendo la normativa vigente que regule la actividad, incluyendo

su registro como proveedor de servicios de pago, pudiendo realizar las siguientes actividades: brindar servicios

de cobranzas y/o pagos como proveedor de servicios de pago, ofrecer cuentas de pago de libre disponibilidad

a sus clientes para ordenar y/o recibir pagos dentro de un esquema de pago, administrar y operar transferencias

a través del uso de dispositivos de comunicación móviles y/o cualquier soporte electrónico y/o digital, así como

también el servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, aceptando y ejecutando

para ello mandatos para realizar y recibir cobranzas y/o pagos por cuenta y orden, en todos los casos a través de

sistemas de transferencias a claves bancarias y/o virtuales, según corresponda, mediante soporte electrónico o

digital, la agrupación de pagos a través de plataformas de gestión electrónica y/o digital, la creación, desarrollo,

dirección, administración, comercialización, explotación y operación de sistemas de tarjetas de crédito y/o débito

y/o compra y/o tarjetas prepagas y/o afines, incluyendo aquellos previstos en la Ley 25.065 y normas legales y

reglamentarias, modificatorias y complementarias, la publicación de productos y servicios de terceros, para su

promoción y/o posterior compra-venta por cuenta y orden de terceros, a través de medios electrónicos, digitales y

redes sociales, la participación en el capital social de otras sociedades, incluyendo aquellas que realicen servicios

complementarios a la actividad financiera según definición otorgada a estas últimas por el Banco Central de la

República Argentina. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos, contratos,

gestiones y operaciones que se relacionen con su objeto social.- “ Autorizado según instrumento privado Asamblea

de fecha 13/09/2021

cintia lorena raimondi guerrero - T°: 101 F°: 974 C.P.A.C.F.

e. 14/09/2021 N° 67179/21 v. 14/09/2021