N° 67995/21 Aviso del Boletín Oficial
METALSIMA S.R.L.
Texto del aviso
METALSIMA S.R.L.
RECTIFICA CONTRATO CONSTITUTIVO.
Publicación original: 05/07/2021, n° tramite: 46428/2021.En Buenos Aires a los 15 días del mes de Septiembre de 2021,
atento la vista en trámite 9257741, en la cual en fecha 20/08/2021 se acompaña contrato constitutivo de SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, realizada por la Inspeccion General de Justicia, sociedad la cual se denominará
METALSIMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, entre el Sr. FRANCO GREGORIO MUÑIZ, con CUIL
20-41543433-3, con domicilio en Cuyo 476, Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires, el Sr. OCTAVIO ROSSI, con CUIL 20-
37362389-0, con domicilio en Aristóbulo del Valle 604, San Antonio de Padua, Merlo, Provincia de Buenos Aires, el Sr.
BENJAMÍN PICCOLI, con CUIL 20-37143617-1, con domicilio en 11 de septiembre 2689, Ciudad Autónoma de Buenos
Aires y el Sr. LUCIANO BRICCHETTO NOUGUES, CUIL 20-37376381-1, con domicilio en CALLE 247 2662, Luján,
Provincia de Buenos Aires, CONVIENEN: a través del presente instrumento se rectifica el punto “I.ESTIPULACIONES:
ARTÍCULO 3°.Objeto”, quedando redactado de la siguiente manera:“I. ESTIPULACIONES.ARTÍCULO 3°.Objeto: La
sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país,
a las siguientes actividades: 259999: Fabricación de productos elaborados de METAL n.c.p...La sociedad tiene plena
capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita,
adquirir derechos y contraer obligaciones.Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad
puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar
contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y
realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra
que requiera el concurso y/o ahorro público”.Se rectifica el punto “I. ESTIPULACIONES: ARTÍCULO 4°. Capital” para
quedar efectivamente redactado “ARTÍCULO 4°. Capital: El capital social es de $ 600.000(Pesos quinientos mil con
cero centavos) representado por 600,00(seiscientos) cuotas de $ 1000,00(Pesos mil con cero centavos) valor nominal
cada una y con derecho a un voto por cuota.”.Se rectifica el punto “I. ESTIPULACIONES: ARTÍCULO 8°.Garantía
de cada gerente”,para quedar redactado “ARTÍCULO 8°.Garantía de cada gerente: Cada gerente titular otorgará a
la sociedad una garantía por el ejercicio de su cargo al momento de aceptarlo.Cada gerente suplente otorgará una
garantía semejante a partir del momento en que asuma el cargo en reemplazo de un gerente titular cesante.Dicha
garantía debe consistir únicamente en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados
en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas, avales bancarios, seguros de
caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo será soportado por el respectivo gerente.Cuando la
garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones
de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad por un término no menor de 3(tres) años contados desde
el cese del respectivo gerente en el desempeño de sus funciones.El monto de la garantía es igual para todos/as
los/as gerentes y se fija en la suma de $ 50.000,00(Pesos cincuenta mil con cero centavos) por cada gerente titular
designado/a.”.Y se procede a rectificar el punto “II.DISPOSICIONES TRANSITORIAS-2°.CAPITAL SOCIAL” para leerse:
II.DISPOSICIONES TRANSITORIAS-2°.CAPITAL SOCIAL: Los/as socios/as suscriben el 100,00%(cien por ciento) del
capital social de acuerdo con el siguiente detalle: ...(a) FRANCO GREGORIO MUÑIZ suscribe la cantidad de 300,00
cuotas de $ 1000,00(Pesos mil con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota….(b)
OCTAVIO ROSSI suscribe la cantidad de 100,00 cuotas de $ 1000,00(Pesos mil con cero centavos) valor nominal
cada una y con derecho a un voto por cuota….(c) BENJAMÍN PICCOLI suscribe la cantidad de 100,00 cuotas de
$ 1000(Pesos mil con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por cuota….(d) LUCIANO
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.749 - Segunda Sección 31 Jueves 16 de septiembre de 2021
BRICCHETTO NOUGUES suscribe la cantidad de 100,00 cuotas de $ 1000,00 (Pesos mil con cero centavos) valor
nominal cada una y con derecho a un voto por cuota….El capital social se integra en un 25,00%(veinticinco por ciento)
en dinero efectivo, acreditando tal circunstancia mediante acta certificada por escribano público debiendo integrarse
el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de 2(dos) años, contados desde la fecha de constitución
de la sociedad….Queda autorizada la Dra. Brenda Agustina Muñiz para tramitar el presente rectificatorio ante la
Inspección General de Justicia, otorgando los instrumentos, publicar edictos y firmando la documentación que resulte
necesaria.De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en el
lugar y fecha arriba indicado. -------------------- Autorizado según instrumento privado ESTATUTO de fecha 17/06/2021
Brenda Agustina Muñiz - T°: 128 F°: 284 C.P.A.C.F.
e. 16/09/2021 N° 67995/21 v. 16/09/2021