W20 Argentina W20Argentina

N° 68656/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17

Edictos Judiciales lunes, 20 de septiembre de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17

El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 17 a mi cargo,

sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 13.09.21 en los autos

“OCEAN CONSTRUCCIONES S.R.L S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 20080/2019) se decretó la quiebra de OCEAN

CONSTRUCCIONES S.R.L (CUIT 30-71581001-4) con domicilio en la calle Terrada 5217 PB Depto. 1 CABA inscripta

en el Registro Público de Comercio a cargo de la IGJ bajo el nro. 12090 del L° 153 con fecha 10.11.17. Hasta el

26.11.21 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda

la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 20080/2019/1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento a lo

dispuesto con fecha 13.09.21 a lo que se remite (v. pto. i ap. “a, b, c, d”). En tal inc. deberán también formularse

digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus c ontestaciones según lo

autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto en el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta

identificada con CBU 0720740488000000831136 de titularidad de Javier Arcidiacono (CUIT 20-21679143-7). A

los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no cuente con asistencia

letrada deberán solicitar turno al síndico Laureano Ventura Sanchez -con domicilio en la calle Larrea 1381, piso

2 A° CABA y tel. -1555683403- mediante el envío de mail a la dirección sindicaturaverificacion@gmail.com. A tal

fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. i ap. “c” del decisorio de fecha 13.09.21 a

lo que se remite. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 10.02.22 y 29.03.22

-respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 24.02.22. La audiencia de explicaciones se

llevará a cabo el 17.03.22 a las 12 hs., en la sala de audiencias del tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que

entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos,

bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese al deudor y a sus administradores para que dentro de las

48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86 LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción,

bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 16 de septiembre de

2021. PAULA MARIA HUALDE Juez - CLAUDIO MARJANOVIC TELEBAK SECRETARIO

e. 20/09/2021 N° 68656/21 v. 24/09/2021