N° 68656/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 17
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial N° 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 17 a mi cargo,
sito en M. T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por cinco días que con fecha 13.09.21 en los autos
“OCEAN CONSTRUCCIONES S.R.L S/QUIEBRA” (Exp. Nro. 20080/2019) se decretó la quiebra de OCEAN
CONSTRUCCIONES S.R.L (CUIT 30-71581001-4) con domicilio en la calle Terrada 5217 PB Depto. 1 CABA inscripta
en el Registro Público de Comercio a cargo de la IGJ bajo el nro. 12090 del L° 153 con fecha 10.11.17. Hasta el
26.11.21 podrán los acreedores con asistencia letrada ingresar digitalmente sus insinuaciones junto con toda
la documentación respaldatoria en el inc. Nro. 20080/2019/1, a cuyo fin deberán dar estricto cumplimiento a lo
dispuesto con fecha 13.09.21 a lo que se remite (v. pto. i ap. “a, b, c, d”). En tal inc. deberán también formularse
digitalmente las observaciones que se formulen en los términos del art. 34 LCQ y sus c ontestaciones según lo
autorizado en dicho decisorio. El arancel previsto en el art. 32 LCQ deberá abonarse por transferencia a la cuenta
identificada con CBU 0720740488000000831136 de titularidad de Javier Arcidiacono (CUIT 20-21679143-7). A
los fines de presentar su solicitud de verificación en soporte papel los acreedores que no cuente con asistencia
letrada deberán solicitar turno al síndico Laureano Ventura Sanchez -con domicilio en la calle Larrea 1381, piso
2 A° CABA y tel. -1555683403- mediante el envío de mail a la dirección sindicaturaverificacion@gmail.com. A tal
fin deberán dar estricto cumplimiento a las pautas fijadas en el pto. i ap. “c” del decisorio de fecha 13.09.21 a
lo que se remite. El síndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los días 10.02.22 y 29.03.22
-respectivamente-. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 24.02.22. La audiencia de explicaciones se
llevará a cabo el 17.03.22 a las 12 hs., en la sala de audiencias del tribunal. Se intima a la fallida y a 3ros. para que
entreguen al síndico los bienes del deudor que tengan en su poder y se hace saber la prohibición de hacerle pagos,
bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Intímese al deudor y a sus administradores para que dentro de las
48 hs. cumplan los requisitos a previstos por el art. 86 LCQ y constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción,
bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Buenos Aires, 16 de septiembre de
2021. PAULA MARIA HUALDE Juez - CLAUDIO MARJANOVIC TELEBAK SECRETARIO
e. 20/09/2021 N° 68656/21 v. 24/09/2021