N° 69297/21 Aviso del Boletín Oficial
ABARLOADOS S.R.L.
Texto del aviso
ABARLOADOS S.R.L.
CUIT: 30-64642303-8. En cumplimiento de RG 3/20 IGJ. se informa que: 1) Por instrumento privado con firmas
certificadas del 28/07/2020, Claudio Augusto Espósito cedió 77 cuotas sociales de valor nominal $ 500 y un voto
c/u a la socia María Dolores Rodríguez, y 77 cuotas sociales de valor nominal $ 500 y un voto c/u a María Victoria
ESPOSITO, DNI 27202860, CUIT 27272028600. 2) Por Acta de Reunión de Socios del 23/08/2020, se acepta la
referida cesión y se modifica la cláusula cuarta del Estatuto Social: “CUARTA: El capital social se fija en la suma
de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) dividido en trescientas (300) cuotas de Pesos Quinientos ($ 500) cada
una que otorgan un voto por cuota y que corresponden a los socios en las siguientes cantidades: María Dolores
Rodriguez, ciento ochenta y dos (182) cuotas, o sea, un capital de Pesos Noventa Y Un Mil ($ 91.000). María Victoria
Espósito, setenta y siete (77) cuotas, o sea, un capital de Pesos Treinta Y Ocho Mil Quinientos ($ 38.500). Osvaldo
Alfredo Santamaria, veinticinco (25) cuotas, o sea, un capital de Pesos Doce Mil Quinientos ($ 12.500). Norberto
Héctor Vattuone, dieciséis (16) cuotas, o sea, un capital de Pesos Ocho Mil ($ 8.000) ”. 3) En la misma Acta de
Reunión de Socios, se aceptó la renuncia del Gerente Claudio Augusto Espósito y se designó Gerente a María
Dolores Rodriguez, quien acepta el cargo y constituye domicilio en la sede social, sita en Otamendi 629, CABA, y
se reforma la cláusula séptima del Estatuto Social: “SÉPTIMA: En ejercicio de la administración, el Gerente tendrá
el uso de la firma y la representación integral de la misma y podrá realizar todos los actos necesarios para el
cumplimiento de los fines sociales, como celebrar toda clase de contratos, otorgar poderes, operar con bancos
oficiales o privados y, en general, realizar todo acto que se vincule directa o indirectamente con el objeto social,
incluso los comprendidos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. Para la venta o gravamen
de inmuebles de la sociedad, será necesaria la previa aprobación de los socios en reunión celebrada a tal efecto
de lo que se dejará constancia en el Libro de Actas. El Gerente recibirá una remuneración equivalente al cinco por
ciento de las ganancias producidas por la explotación societaria” Autorizado según instrumento privado Acta de
Reunión de Socios de fecha 23/08/2020
GUIDO JORGE MUÑOZ - T°: 112 F°: 980 C.P.A.C.F.
e. 21/09/2021 N° 69297/21 v. 21/09/2021