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N° 69297/21 Aviso del Boletín Oficial

ABARLOADOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 21 de septiembre de 2021

Texto del aviso

ABARLOADOS S.R.L.

CUIT: 30-64642303-8. En cumplimiento de RG 3/20 IGJ. se informa que: 1) Por instrumento privado con firmas

certificadas del 28/07/2020, Claudio Augusto Espósito cedió 77 cuotas sociales de valor nominal $ 500 y un voto

c/u a la socia María Dolores Rodríguez, y 77 cuotas sociales de valor nominal $ 500 y un voto c/u a María Victoria

ESPOSITO, DNI 27202860, CUIT 27272028600. 2) Por Acta de Reunión de Socios del 23/08/2020, se acepta la

referida cesión y se modifica la cláusula cuarta del Estatuto Social: “CUARTA: El capital social se fija en la suma

de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000) dividido en trescientas (300) cuotas de Pesos Quinientos ($ 500) cada

una que otorgan un voto por cuota y que corresponden a los socios en las siguientes cantidades: María Dolores

Rodriguez, ciento ochenta y dos (182) cuotas, o sea, un capital de Pesos Noventa Y Un Mil ($ 91.000). María Victoria

Espósito, setenta y siete (77) cuotas, o sea, un capital de Pesos Treinta Y Ocho Mil Quinientos ($ 38.500). Osvaldo

Alfredo Santamaria, veinticinco (25) cuotas, o sea, un capital de Pesos Doce Mil Quinientos ($ 12.500). Norberto

Héctor Vattuone, dieciséis (16) cuotas, o sea, un capital de Pesos Ocho Mil ($ 8.000) ”. 3) En la misma Acta de

Reunión de Socios, se aceptó la renuncia del Gerente Claudio Augusto Espósito y se designó Gerente a María

Dolores Rodriguez, quien acepta el cargo y constituye domicilio en la sede social, sita en Otamendi 629, CABA, y

se reforma la cláusula séptima del Estatuto Social: “SÉPTIMA: En ejercicio de la administración, el Gerente tendrá

el uso de la firma y la representación integral de la misma y podrá realizar todos los actos necesarios para el

cumplimiento de los fines sociales, como celebrar toda clase de contratos, otorgar poderes, operar con bancos

oficiales o privados y, en general, realizar todo acto que se vincule directa o indirectamente con el objeto social,

incluso los comprendidos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación. Para la venta o gravamen

de inmuebles de la sociedad, será necesaria la previa aprobación de los socios en reunión celebrada a tal efecto

de lo que se dejará constancia en el Libro de Actas. El Gerente recibirá una remuneración equivalente al cinco por

ciento de las ganancias producidas por la explotación societaria” Autorizado según instrumento privado Acta de

Reunión de Socios de fecha 23/08/2020

GUIDO JORGE MUÑOZ - T°: 112 F°: 980 C.P.A.C.F.

e. 21/09/2021 N° 69297/21 v. 21/09/2021