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N° 68933/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46

Edictos Judiciales jueves, 23 de septiembre de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría Nº 46, sito en la calle Marcelo T

Alvear 1840, PB, CABA., comunica por cinco días que en los autos “RIBEIRO S.A.C.I.F.A. E I. s/CONCURSO

PREVENTIVO” (EXPTE. Nº 11.480/2021), que en fecha 27/08/2021 se dispuso la apertura del concurso preventivo de

RIBEIRO S.A.C.I.F.A. E I., con CUIT Nº 30-52596685-9. La Sindicatura verificante designada es el Estudio “CELIA

CAIJIDE & ASOCIADOS”, con domicilio en la Av. Corrientes 1515, P. 5º “B”, C.A.B.A. Teléfono Fijo: 43718595,

Móvil: 15-6454-7657, e-mail: ribeiroverificaciondecreditos@gmail.com, y domicilio electrónico 27136382212. Los

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.755 - Segunda Sección 67 Jueves 23 de septiembre de 2021

acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día

10/02/2022 (art. 32 LCQ). La verificación se realizará en forma mixta, debiendo los acreedores presentar el pedido

verificatorio ante la sindicatura verificante, en su domicilio, los días martes y miércoles de 12 a 16 hs hasta el

30.11.2021, el que se ampliará en diciembre de 2021 y durante el mes de febrero de 2022 de lunes a viernes de

10 a 17 hs. escrito que junto a su documentación respaldatoria digitalizada deberá ser enviado previamente a la

casilla de correo electrónico indicada precedentemente. Dicha presentación verificatoria digital deberá contener

en un archivo el escrito correspondiente al pedido verificatorio junto a la constancia digitalizada del arancel que

se deberá describir como “Pedido verificatorio” más el nombre o denominación social del acreedor y luego los

archivos que sean necesarios para la documentación de la que se pretenda valer que serán descriptos como

“Documental”, y si se empleara más de un archivo documental deberán tener una mínima descripción de su

contenido (vgr. “Documental Facturas”). Se aclara que resulta condición indispensable para que una petición

verificatoria sea considerada, que ambas presentaciones, digital y presencial, sean cumplidas. Asimismo, podrán

acceder a los legajos de acreedores (art. 11 inc. 5to.) a través de la plataforma virtual: https://docs.zohopublic.

eu/folder/6fdp248dc75b6baa441dabcb78de0accb1a1d - Contraseña: RibeiroConcurso88!, legajos que también

se encontrarán incorporados a partir del 07.12.2021 en el incidente 11480/2021/1 “incidente de requisitos art.

11 LCQ” y que podrán visualizar a través del sistema de consulta de causas del Poder Judicial de la Nación

Sistema. Las sindicaturas verificante y general, respectivamente, presentarán los informes de los arts. 35 y 39

de la LCQ el 16/06/2022 y el 03.10.2022. Asimismo, se fijaron las siguientes fechas: Resolución verificatoria art.

36 LCQ: 05.09.2022, Audiencia informativa: 06.04.2023 a las 10:30 hs. y vencimiento del periodo de exclusividad:

14.04.2023. Buenos Aires, de septiembre de 2021.

Diego M. Parducci Secretario Interino Fernado M. Pennaca Juez - Diego M. Parducci Secretario Interino

e. 23/09/2021 N° 68933/21 v. 29/09/2021