N° 74181/21 Aviso del Boletín Oficial
FALCOX S.A.
Texto del aviso
FALCOX S.A.
Complementando publicación 65319/21 del 09/09/2021 por instrumento público del 01/10/2021 se reformo
el artículo tercero (Objeto) = “La realización por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros de las
siguientes actividades: AGENCIA DE INVESTIGACIÓN Y SEGURIDAD PRIVADA mediante la averiguación de
orden civil y comercial, solvencia de personas y domicilios, servicios de seguridad y vigilancia de y en edificios,
comercios, industrias, bancos, transporte de personas, caudales, obras de artes y objetos de cualquier naturaleza
y cualquiera fuere el medio de transporte empleado. Prestar servicio de averiguación de antecedentes morales,
judiciales, policiales, comerciales económicos y de cualquier otro tipo que se le requiera, sea de personas o de
empresas. Mediante la importación, exportación, fabricación y distribución de todos los elementos relacionados
con el objeto social descripto, especialmente la instalación, programación y mantenimiento de alarmas, censores,
circuitos electrónicos, circuitos cerrados de televisión, y sus accesorios y todo tipo de sistema de seguridad
computarizado, como así también la detección y certificación de siniestros. Para el ámbito de la CIUDAD DE
BUENOS AIRES se regirá por las disposiciones de la Ley CABA 5688/2016. Para el ámbito de la PROVINCIA DE
BUENOS AIRES, se regirá por el artículo 2 de la ley 12.297 y tendrá por objeto los siguientes servicios: 1) Vigilancia
y protección de bienes, 2) escolta y protección de personas, 3) transporte, custodia y protección de cualquier
objeto de traslado licito, a excepción de transporte de caudales, 4) vigilancia y protección de personas y bienes
en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones análogas, 5) Obtención de evidencias en
cuestiones civiles o para incriminar a una persona siempre que exista una presunción penal en el ámbito de la
justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean contratados en virtud de interés legítimo en el proceso
penal. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer
los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto” Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 377 de fecha 07/09/2021 Reg. Nº 4
Guillermo Pedro Castro - T°: 171 F°: 65 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 06/10/2021 N° 74181/21 v. 06/10/2021