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N° 75120/21 Aviso del Boletín Oficial

CSI CONTROL Y SEGURIDAD INTELIGENTE S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 7 de octubre de 2021

Texto del aviso

CSI CONTROL Y SEGURIDAD INTELIGENTE S.R.L.

CUIT: 30-71688063-6. Por acta de Reunión de Socios de fecha 21/09/2021, se resolvió modificar el articulo 3° del

Contrato Social, quedando redactado de la siguiente forma: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta

propia, o de terceros o asociada transitoria o permanentemente a terceros, en el País, o en el extranjero las

siguientes actividades. Servicio de vigilancia y seguridad general, custodia de personas y mercaderías en tránsito

o vigilancia por medios electrónicos. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a la ley 1913/05 de

Seguridad Privada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la prestación de servicios de vigilancia y seguridad

en general como ser: a) Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósitos teniendo por objeto el

acompañamiento y la protección da personas y/o bienes en la vía pública, y en los lugares en que éstos se

depositen, b) Vigilancia privada, en lugares fijos sin acceso de público teniendo por objeto resguardar la seguridad

de personas y de bienes en espacios privados cerrados, con control e identificación de acceso de personas, c)

vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público teniendo por objeto la seguridad de personas y de bienes

en espacios privados de acceso público con fines diversos, d) Custodia y portería de locales de bailes, confiterías

y/o de espectáculos en vivo, como todo otro lugar destinado a la recreación e) Servicios de serenos en lugares

fijos, privados o edificios de propiedad horizontal, f) Vigilancia por medios electrónicos, ópticos y electro ópticos

teniendo por objeto brindar servicios con dispositivos centrales de observación, registro de imagen, audio y/o

alarmas. En el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, tendrá como objeto el desempeño dentro de lo establecido

por el artículo 2º de la Ley 12297/99, esto es vigilancia y protección de bienes, escolta y protección de personas;

transporte, custodia y protección de cualquier objeto de traslado licito a excepción del transporte de caudales;

vigilancia y protección de personas y bienes en espectáculos públicos, locales bailables y otros eventos o reuniones

análogas. Obtención de evidencias en cuestiones civiles o para incriminar o desincriminar a una persona siempre

que exista una persecución penal en el ámbito de la justicia por la comisión de un delito y tales servicios sean

contratados en virtud de interés legítimo en el proceso penal. Las personas que realicen los servicios enumerados

en este artículo se denominan prestadores de servicios de seguridad privada. Para el cumplimiento de su objeto

social, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los

actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto Autorizado según instrumento privado Acta de Reunion

de Socios de fecha 21/09/2021

robertino guidoccio - T°: 417 F°: 020 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 07/10/2021 N° 75120/21 v. 07/10/2021