N° 76534/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 37
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 19 - SECRETARÍA NRO. 37
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 19 a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaría
Nº 37 a cargo de la Dra. M. Fernanda Mazzoni comunica por el plazo de 5 días en los autos “URIBE ARTURO
CARLOS S/QUIEBRA” Expte. N° 180 75/2018 que con fecha 18/07/19 se ha decretado la quiebra de URIBE
ARTURO CARLOS DNI 14.606.303 designándose síndico al contador Alberto Javier Parma con domicilio en la
calle LLERENA 2950 CABA TEL: 3528 7582 a quien los acreedores podrán presentar los pedidos verificatorios
hasta el día 31/12/21. Los informes de los arts. 35 y 39 de la LCQ deberán ser presentados por la sindicatura los
días 15/03/22 y 26/04/22 respectivamente. Hágase saber a los pretensos acreedores que deberán presentar los
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.772 - Segunda Sección 88 Martes 19 de octubre de 2021
títulos justificativos de sus créditos para su verificación optando por alguna de las siguientes dos modalidades:
i) En el domicilio sito en la calle Llerena 2950 CABA, Teléfono 3528-7582, de 10 a 13 hs., debiendo entregar
a la sindicatura un pen drive con el archivo digital de la solicitud y documentación, el que será devuelto, una
vez copiado el mismo. ii) Mediante el envío de un mail al correo electrónico crparma@gmail.com, indicando el
asunto “URIBE, ARTURO CARLOS S/QUIEBRA”–ACREEDOR (Razón social/Nombre y apellido). En formato pdf,
en tamaño no superior a los 5 MB cada uno, pudiendo enviar varios archivos, los cuales deberán estar numerados
y totalizados (por ejemplo: 1 de 8, 2 de 8… con detalle de lo que se adjunta). Además, deberán incluir copia
escaneada de la constancia de transferencia del arancel art. 32 LCQ (si correspondiere) a la cuenta denunciada
por la sindicatura, CBU N° 0070322030004002052480. Las observaciones en los términos de la LCQ: 34 podrán
presentarse en forma presencial en el domicilio de la sindicatura, o bien mediante correo electrónico crparma@
gmail.com. Asimismo se le hace saber a la fallida y a terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que
posean pertenecientes a la deudora así como la prohibición de realizarle pagos, bajo apercibimiento de declarar su
ineficacia. Se intima a la deudora para que entregue al síndico dentro de las 24hs los libros de comercio y demás
documentación relacionada con su contabilidad. Dado, firmado y sellado en mi público despacho en CABA a los
4 días del mes de octubre de 2021. MARIA FERNANDA MAZZONI.SECRETARIA GERARDO D. SANTICCHIA Juez
- MARIA FERNANDA MAZZONI SECRETARIA
e. 14/10/2021 N° 76534/21 v. 20/10/2021