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N° 79934/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES lunes, 25 de octubre de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 23 - SECRETARÍA NRO. 46

El Juzgado Nacional de 1ª Instancia en lo Comercial N° 23, Secretaría N° 46, sito en Marcelo T. de Alvear Nº 1840,

PB, CABA, comunica por cinco días en los autos:“TINAS DEL SUR S.A. S/QUIEBRA” (Expte. Nº 1.672/2014),

que la martillera Ivana Yanina BILLONE, CUIT 23-33400374-4, rematará el día 3 de noviembre de 2021, a las

11:45hs -en punto-, en la Oficina de Subastas Judiciales ubicada en la calle Jean Jaures N° 545, CABA, el 100%

de los inmuebles propiedad de la fallida ubicados en la Loc. de San Martín de las Escobas, Pcia. de Santa Fe,

compuestos por las siguientes parcelas (fs. 4389/90): a) Nomenclatura catastral 12-04-00 000001197; Secc. PA;

Manz. 0; Parc. 1197; Lote: 1 (uno) del plano de mensura Nº173122 del 15/10/2013; Superficie: 3,6837 Ha; Dominios:

Tº 239 impar Fº 826 Nº64491 y Tº 239 par Fº 815 Nº 64490; b) Nomenclatura catastral: 12-04-00 000001196;

Secc. PA; Manz. 0; Parc. 1196; Lote: 3 (tres) del plano de mensura Nº 173122 del 15/10/2013; Superficie: 4,2136

Ha; Dominios: Tº 239 impar Fº 826 Nº 64491 y Tº 239 par Fº 815 Nº 64490; y c) Nomenclatura catastral: 12-04-00

0000 00202; Secc. PA; Manz. 0; Parc. 202; Lote Fracc. 2; Superficie: 1,6448 Ha; Dominio: Tº 243 impar Fº 843

Nº 57640. Los inmuebles saldrán a subasta juntamente con las cosas muebles que se encuentran en el lugar y que

conforman el establecimiento industrial de la quebrada. Las parcelas se encuentran separadas (dos dentro de la

misma manzana, con un terreno de por medio; la tercera cruzando el camino rural) y cada una de ellas presenta

suelos de diferentes características. Dos de las mismas tienen edificaciones cuya demolición fue aconsejada por

la martillera, correspondientes a la antigua edificación de la planta fabril. Una de estas dos parcelas, más la tercera

faltante, están contaminadas por los fluidos que se vertían por el tratamiento de los lácteos. Los bienes muebles y

maquinarias se encuentran en su mayoría vandalizados, desarmados y con faltantes. No existe línea de producción

como tal. DESOCUPADO Y AD-CORPUS. BASE: U$S136.363,-- o su equivalente en pesos moneda argentina, al

tipo de cambio vigente, para lo cual deberá efectuarse la conversión y mientras duren las restricciones imperantes

para acceder a la compra de esa divisa. El comprador deberá entregar los pesos suficientes conforme el tipo de

cambio oficial al que pueda acceder el particular para hacerse de la moneda extranjera en el mercado local que

en el régimen vigente se conoce como “dólar solidario” (art. 35 Ley 27.541), sin la percepción adicional del 35% a

cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales establecida por el Banco Central y reglamentada en la

Resolución General AFIP 4815/20, ello, según el valor del día anterior al del acto de la subasta, debiendo abonarse

el saldo de precio del mismo modo, considerándose la cotización de la moneda foránea del día anterior al del

depósito de ese saldo. Venta al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo. Seña 20%. Arancel 0,25% (Acord.

10/99 y 24/00 C.S.J.N.). Comisión: 3%. Sellado Ley Provincial e impuesto a la transferencia, a cargo del comprador.

CONDICIONES: a) el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin

necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 CPCC; b) se le fija

al comprador el plazo de veinte días hábiles para tomar posesión del inmueble, término que se contará desde la

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.777 - Segunda Sección 116 Lunes 25 de octubre de 2021

notificación por nota de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del vencimiento de ese plazo

o de la fecha de toma de posesión si ésta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente las deudas en concepto

de impuestos, tasas y contribuciones, mas no responderá por las que se hayan devengado con anterioridad a ese

momento; c) si por cualquier planteo la subasta no fuera aprobada, transcurridos 30 días desde la fecha en que

se llevó a cabo el remate, el saldo de precio devengará un interés equivalente al que fija el Banco de la Nación

Argentina -tasa activa- para sus operaciones de descuento a treinta días; d) el IVA no integra el precio obtenido

en la subasta; e) las deudas que registre el inmueble en concepto de impuestos, tasas y contribuciones de fecha

anterior al decreto de quiebra, deberán ser reclamadas por la vía correspondiente. En cuanto a las posteriores

a tal fecha y hasta que el comprador haya tomado posesión del bien, se deberá reclamar compareciendo en el

presente proceso acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia, previa comprobación de

sus importes por parte del síndico y serán satisfechos a tenor de lo dispuesto por el art. 244 LCQ. Con respecto

a los posteriores a la toma de posesión o a la fecha fijada para ello, serán a cargo del comprador; f) queda

prohibida la compra “en comisión”, la cesión del boleto, la compra por poder o mandato, ni la inscripción dominial

por tracto abreviado; g) los gastos de escrituración, en caso de designar el adquirente escribano, son por su

cuenta y orden. Se deja constancia que el CUIT de la fallida es 30-70963845-5. EXHIBICIÓN LIBRE. Para mayor

información, consultar al teléfono (011) 15-4195-0453 o vía internet en www.estudioquinteros.com.ar. FERNANDO

M. PENNACCA Juez - DIEGO M. PARDUCCI SECRETARIO

e. 22/10/2021 N° 79934/21 v. 28/10/2021