N° 82425/21 Aviso del Boletín Oficial
OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS
Texto del aviso
OSDE ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS
CUIT 30-54674125-3. Se informa que “Consumidores Libres Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios de
Acción Comunitaria” inició una acción colectiva a fin de que se condene a Organización de Servicios Directos
Empresarios –OSDE- a poner en conocimiento de todos sus usuarios que todos los enfermos celíacos tiene
derecho al cobro de una suma fija determinada por la autoridad de aplicación y comience a pagar de forma mensual
y automática dicha suma y la que determine en el futuro la autoridad de aplicación a todos los pacientes celíacos
afiliados a OSDE. El juicio tramita bajo la carátula “Consumidores Libres Cooperativa Limitada de Provisión de
Servicios de Acción Comunitaria c/ OSDE s/ Sumarísimo” Expediente 4455/2014 ante el Juzgado Civil y Comercial
Federal n° 5 a cargo del Dr. y Secretaría n° 10. Se hace saber que todo aquél que pudiera considerarse afectado
por lo que aquí eventualmente se resuelva, contará con la posibilidad de presentarse en este expediente dentro
del plazo de treinta (30) días corridos, contados a partir de la presente publicación con el fin de que los afectados
se presenten en autos, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento
de continuar el juicio según su estado. En éste expediente se ha dictado una medida cautelar a efectos de que
la demandada: a) ponga en conocimiento de todos sus afiliados el beneficio previsto en el artículo 7 del decreto
528/11 según las modificaciones introducidas por el decreto 754/15 y con el incremento del monto establecido
en la resolución n° 1365/15 del Ministerio de Salud; b) adopte las medidas necesarias para entregar la suma
establecida en dicha reglamentación –con las modificaciones introducidas hasta el presente y las que tengan lugar
en el futuro mientras la medida se encuentre vigente- a todos sus afiliados que hayan acreditado su condición de
celíacos haciendo constar que deberá observar idéntica conducta con quienes acrediten padecer esa enfermedad
en el futuro.
Designado según instrumento privado acta de consejo 337 de fecha 5/6/2017 Juan Carlos Palacios - Presidente
e. 29/10/2021 N° 82425/21 v. 29/10/2021