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N° 8377/2019 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales viernes, 29 de octubre de 2021

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5)

días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 76, de fecha 09 de septiembre de 2021, en la causa FCT Nº 8377/2019/

TO1, caratulada: “CARTA, Julio Wilfredo Jorge y Otro S/ Infracción Ley 23.737”-UNIPERSONAL- respecto de:

JULIO WILFRIDO JORGE CARTA, D.N.I. Nº 93.885.071, de nacionalidad Paraguaya, de 34 años, nacido el 10 de

diciembre de 1986 en la ciudad de Asunción, República del Paraguay, soltero, instruido, de profesión mecánico,

con domicilio en calle López y Planes N° 2540, barrio “Zacanini” de la ciudad de Mar del Plata, Partido de General

Pueyrredón, provincia de Buenos Aires, actualmente se halla cumpliendo detención en el domicilio mencionado de

la ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón, provincia de Buenos Aires.-, la que dispone: “ Nº 76 S

E N T E N C I A Corrientes, 09 de septiembre de 2021.- Y VISTOS: Por los fundamentos precedentes; RESUELVO:

1º) DECLARAR formalmente admisible la solicitud de aplicación del Juicio Abreviado (artículo 431bis C.P.P.N.)

formalizada por las partes. 2º) … 3º) … 4º) CONDENAR a JULIO WILFRIDO JORGE CARTA, D.N.I. Nº 93.885.071, a

la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos seis mil ($ 6.000,00) la que deberá hacerse efectiva dentro

del término de treinta (30) días de quedar firme este pronunciamiento, como autor penalmente responsable del

delito de “transporte de estupefacientes” previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737; accesorias

legales y costas (arts. 40, 41 y 45 del Código Penal, y art. 530, 531 y ccs. del CPPN).- … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º)

… 10º) REGISTRAR, protocolizar, publicar y practicar el cómputo de pena fijando la fecha de su vencimiento (art.

493 C.P.P.N.), cursar las comunicaciones correspondientes y oportunamente archivar.- 10º) … 11º) REGISTRAR,

agregar el original al expediente, cursar las comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar

por secretaria los cómputos de penas correspondientes, fijando las fechas de sus vencimientos (artículo 493

C.P.P.N.) y oportunamente archivar.- Fdo.: Dr. Fermín Amado Ceroleni – Juez de Cámara – Tribunal Oral en lo

Criminal federal – Corrientes.- Ante mí: Dr. José Alfredo Rach.- Secretario – Tribunal Oral en lo Criminal Federal –

Corrientes.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 28/10/2021 N° 81739/21 v. 03/11/2021