N° 113/21 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Por disposición de la Sra. Presidente Dra. Noemí Marta Berros; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva
correspondiente a la resolución de fs. 406/407 vta., en la causa FPA 91001559/2006/TO1 caratulado: “CÁCERES,
Luis Raúl s/ DEFRAUDACIÓN CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” que tramitara ante este Tribunal Oral
en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de notificar el SOBRESEIMIENTO de Luis Raúl CÁCERES, argentino,
apodado “Negro”, DNI Nº 5.869.521, nacido en la ciudad de Rosario del Tala, provincia de Entre Ríos, el día 12
de noviembre de 1939, de 81 años de edad, de estado civil casado, con estudios secundarios completos, hijo de
Dionisio Luis Cáceres (f) y de Cándida Aranda (f), con domicilio real en calle Misael J. Parodi Nº 71 de la ciudad
de Rosario del Tala, provincia de Entre Ríos.; de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: “RESOLUCIÓN
N° 113/21 Paraná, 17 de junio .- VISTO: El presente expediente FPA 91001559/2006/TO1 caratulado: “CÁCERES,
Luis Raúl s/ DEFRAUDACIÓN CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” y y CONSIDERANDO: (…) RESUELVE:
1º). DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL por prescripción (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º, ambos del C.P.)
y, en consecuencia SOBRESEER (arts. 336 inc. 1º y 361 del C.P.P.N.) a Luis Raúl CÁCERES, argentino, apodado
“Negro”, DNI Nº 5.869.521, nacido en la ciudad de Rosario del Tala, provincia de Entre Ríos, el día 12 de noviembre
de 1939, de 81 años de edad, de estado civil casado, con estudios secundarios completos, hijo de Dionisio Luis
Cáceres (f) y de Cándida Aranda (f), con domicilio real en calle Misael J. Parodi Nº 71 de la ciudad de Rosario del
Tala, provincia de Entre Ríos, por el delito de defraudación en perjuicio de la Administración Pública –Banco de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.781 - Segunda Sección 105 Viernes 29 de octubre de 2021
la Nación Argentina-, descripto y reprimido por el art. 174 inc. 5º en relación al art. 172, ambos del Código Penal.
2º). EXIMIR de costas al sobreseído (art. 531 del C.P.P.N.). Fdo. Dra. Noemí Marta Berros, Presidente. Valeria Iriso,
Secretaria.- Dra. Noemi Marta Berros Juez - Dra. Valeria Iriso Secretaria
e. 26/10/2021 N° 80698/21 v. 01/11/2021