N° 159/21 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ-ENTRE RIOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ-ENTRE RIOS
Por disposición de la Sra. Presidente, Dra. Noemí Berros; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva en lo
pertinente, de la causa FPA12013112/2012/TO1 caratulada “SALVARREDI, ARACELI RENEE S/INFRACCIÓN LEY
23.737”, que tramitara ante este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de la notificación de
Araceli Renee SALVARREDI argentina, sin sobrenombre o apodo, DNI Nº 34.371.266; nacida el 31/03/1989 en
la ciudad de Concordia, provincia de Entre Ríos; de estado civil soltera; empleada; con domicilio en calle Santo
Domínguez N° 230, departamento “B” 51, de esta ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, con instrucción
secundaria incompleta, hija de Orlando (f) y de Eva Graciela Zaragoza, por la supuesta comisión del delito de
suministro de estupefacientes ocasional, a título gratuito y para uso personal, agravado por el lugar de comisión,
en grado de tentativa, que prevén los arts. 5 último párrafo y 11 inc. “e” de la Ley 23.737 y art. 42, C.P. (arts. 336
inc. 1º, 334 y 361, CPPN); de acuerdo al siguiente texto que se transcribe: “RESOLUCIÓN N° 159/21 Paraná, 12 de
agosto de 2021.- VISTO:… CONSIDERANDO: Por lo expuesto, el TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
DE PARANÁ, con integración unipersonal RESUELVE: 1º) MODIFICAR la calificación legal aplicable a la conducta
de la imputada Araceli Renee SALVARREDI considerándola subsumida en el art. 5 último párrafo y art. 11 inc. “e”,
ambos de la ley 23.737 y art. 42 del Código Penal, esto es, en el delito de suministro ocasional y a título gratuito de
estupefacientes para consumo personal de quien lo recepta, agravado por el lugar de acaecimiento del hecho y
en grado de tentativa. 2º) DECLARAR la extinción de la acción penal por prescripción para conocer del delito que
le fuera imputado a Araceli Renee SALVARREDI (arts. 59 inc. 3º y 62 inc. 2º, CP) y, en consecuencia, SOBRESEER
a la nombrada, argentina, sin sobrenombre o apodo, DNI Nº 34.371.266; nacida el 31/03/1989 en la ciudad de
Concordia, provincia de Entre Ríos; de estado civil soltera; empleada; con domicilio en calle Santo Domínguez
N° 230, departamento “B” 51, de esta ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, con instrucción secundaria
incompleta, hija de Orlando (f) y de Eva Graciela Zaragoza, por la supuesta comisión del delito de suministro de
estupefacientes ocasional, a título gratuito y para uso personal, agravado por el lugar de comisión, en grado de
tentativa, que prevén los arts. 5 último párrafo y 11 inc. “e” de la Ley 23.737 y art. 42, C.P. (arts. 336 inc. 1º, 334
y 361, CPPN). 3º) EXIMIR de costas a la sobreseída (art. 531, CPPN) … REGISTRESE, publíquese, notifíquese,
líbrense los despachos del caso y, en estado, archívese. Firmado: Dra. Noemí Berros –Presidente-, ante mí: Valeria
Iriso“
Dra. Noemi Marta Berros Juez - Dra. Valeria Iriso Secretaria
e. 26/10/2021 N° 80862/21 v. 01/11/2021