W20 Argentina W20Argentina

N° 83343/21 Aviso del Boletín Oficial

TURISMO BALLESTER S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 2 de noviembre de 2021

Texto del aviso

TURISMO BALLESTER S.A.

CUIT 30-58826829-9. Asamblea General Ordinaria de fecha 14/06/2021: Se aprueba por unanimidad adecuar y

reformar las siguientes cláusulas del estatuto social: Primera: DENOMINACIÓN: Turismo Ballester S.A. Segunda:

DURACIÓN: 99 años desde la fecha de inscripción. Tercera: OBJETO: realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o

asociada a terceros en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: la organización de viajes, excursiones

y transportes de personas en, desde y hacia cualquier destino, mediante la utilización de cualquier medio de

transporte, público, semipúblico y privado, que exista en la actualidad o a crearse en el futuro, tales como remises,

taxis, minibuses, combis, micros, categorías que se consideran enunciativas y no taxativas. Cuando la actividad

así lo requiera la Sociedad contratara profesionales con título habilitante. Para el cumplimiento de su objeto la

sociedad tiene plena capacidad, inclusive las prescriptas por los artículos 375 y concordantes del Código Civil y

Comercial de la Nación. Cuarta: CAPITAL SOCIAL: PESOS CIEN MIL ($ 100.000), representado por mil acciones

ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal cien pesos ($ 100) cada una, con derecho a un voto por

acción. Quinta: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: a cargo del Directorio, por tres ejercicios, integrado

por uno a cinco miembros titulares, pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se

incorporarán al directorio por el orden de su designación. Sexta: PRESCINDENCIA DE SINDICATURA. Séptima:

ASAMBLEAS Y QUÓRUM: Rigen Arts. 237, 243 y 244 de la LGS. Octava: Cierre ejercicio social: 31/03 de cada

año. NOVENA: disolución y liquidación de la sociedad. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 295 de fecha

30/06/2021 Reg. Nº 1017.

Lucía Agundez - T°: 114 F°: 540 C.P.A.C.F.

e. 02/11/2021 N° 83343/21 v. 02/11/2021