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N° 84202/21 Aviso del Boletín Oficial

FINDASENSE CONO SUR S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 4 de noviembre de 2021

Texto del aviso

FINDASENSE CONO SUR S.A.

CUIT: 30-71441656-8. Por Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de fecha 03/11/2021, se

resolvió reformar el Artículo Tercero y Octavo del Estatuto Social, quedando los mismos redactados conforme

se transcribe a continuación: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia

y/o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República o del extranjero, a prestar servicios de

consultoría y marketing a través de medios digitales de todo tipo, servicios de atención al cliente, servicios de

comunicación social y corporativa en Internet, servicios de análisis e inteligencia y de big data, pudiendo realizar,

entre otras cosas, las siguientes actividades: posicionamiento, análisis, investigación, desarrollo y estudios de

mercado, de medios de comunicación y de opinión pública; creación e implementación de estrategias de venta,

publicidad, marketing y comunicación; construcción y/o impulso de marcas; creación y planificación de plataformas

digitales; creación y administración de contenido y soluciones web; desarrollo y mantenimiento de aplicaciones

y/o sitios web en tecnologías varias; capacitaciones. Las actividades que así lo requieran, serán llevadas a cabo

por profesionales con título habilitante. En el desarrollo de la actividad prevista en el objeto social, la Sociedad

velará por la generación de un impacto social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a ésta y el medio

ambiente. A los fines mencionados la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto”; y “ARTICULO OCTAVO:

La dirección y administración de la sociedad estará a cargo del Directorio, integrado por uno a cinco miembros

titulares pudiendo la Asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al Directorio

por el orden de su designación. Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, la elección por la Asamblea de

uno o más directores suplentes será obligatoria. El término de duración del mandato de los directores es de tres

ejercicios. La Asamblea fijará el número de directores así como su remuneración. El Directorio sesionará con la

mitad más uno de sus integrantes y tomará sus decisiones por mayoría de votos presentes; en caso de empate el

Presidente desempatará votando nuevamente. Los directores en su primera sesión deben designar un Presidente

y, en caso que el directorio esté compuesto por más de un director, un Vicepresidente. Este último reemplaza

al primero en caso de ausencia o impedimento, en cuyo caso la causa de la ausencia o el impedimento no

deberá ser demostrada frente a terceros. Para el caso de encontrarse ausente el Presidente y el Vicepresidente,

el directorio podrá autorizar la actuación de uno o más directores para el ejercicio de la representación legal por

el término limitado que dure la ausencia del Presidente. En el desempeño de sus cargos, los directores deberán

tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a

los intereses de (i) los socios, (ii) los empleados de la Sociedad y de sus filiales; (iii) los clientes, proveedores y otras

partes directa o indirectamente vinculadas a la Sociedad, como por ejemplo, la comunidad en donde, directa o

indirectamente, opera la Sociedad. Asimismo, deberán velar por la protección del medio ambiente local y global y

por los intereses de la sociedad en el corto y largo plazo”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea

General Extraordinaria de Accionistas de fecha 03/11/2021

andrea laura iaccarino - T°: 128 F°: 630 C.P.A.C.F.

e. 04/11/2021 N° 84202/21 v. 04/11/2021