N° 84779/21 Aviso del Boletín Oficial
SAN NICOLAS AGROINDUSTRIAL S.A.
Texto del aviso
SAN NICOLAS AGROINDUSTRIAL S.A.
Constituida por escritura 282, del 04/11/2021. Socios: Carlos Eduardo ARES SIRERA, DNI 16.715.892, argentino,
divorciado, nacido el 07/09/1964, C.U.I.T. 20-16715892-8, Abogado, domiciliado en Riobamba 944 piso 4 departamento
“C”, CABA y 2) Héctor Domingo LOPEZ, DNI 12.230.830, argentino, divorciado, nacido el 05/08/1958, C.U.I.T. 20-
12230830-9, comerciante, domiciliado en Rivadavia 567, Carhué, provincia de Buenos Aires.- Duración: 99 años.
Objeto: realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a éstos en cualquier punto del país o en el extranjero
actividades: a) AGROPECUARIAS: La explotación y administración en todas sus formas de establecimientos
agropecuarios, forestales y frutihortícolas. Producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras,
pasturas, frutihortícolas, floricultura y forestales. Comercialización, consignación, distribución, representaciones,
comisiones y mandatos, intermediación, importación y exportación de los productos provenientes de dicha
explotación y sus derivados, compraventa, consignación, representación, empaque, fraccionamiento, leasing
y distribución, importación y exportación de bienes muebles, semovientes, materias primas agroindustriales
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.786 - Segunda Sección 18 Viernes 5 de noviembre de 2021
elaboradas o a elaborarse y frutos del país; comercialización e industrialización de los mismos en todas en sus
etapas pudiendo realizar las actividades al por mayor y menor; importación y exportación. b) INDUSTRIALES: La
elaboración de productos terminados o semielaborados que se usen como materia prima principal los productos
provenientes de las actividades agropecuarias y la fabricación y/o elaboración de todos aquellos productos de
cualquier otro tipo de naturaleza, y transporte de cargas vinculados al objeto. Se entiende por estos productos
derivados de la agricultura, avicultura, apicultura y ganadería en todas sus variantes. A tales fines podrá formalizar la
fundación de sociedades comerciales nuevas o asociativas por contratos de colaboración empresaria, ambos con
empresas nacionales o extranjeras que industrialicen o comercialicen los bienes que hacen al objeto principal de
la sociedad. c) CONSULTORÍA: asesoramiento técnico-comercial-industrial vinculado a productos agropecuarios
y/o ganaderos y/o forestales, la logística, soporte de máquinas y herramientas, transporte de productos
agropecuarios y/o ganaderos y/o forestales y/o relacionados con las actividades mencionados precedentemente.
Las actividades que así lo requieran serán desarrolladas por profesionales con título habilitante. d) FINANCIERAS:
La sociedad podra asimismo realizar actividades financieras tendientes a la realizacion, desarrollo o ejecución
de las actividades agropecuarias e industriales, o vinculadas con las mismas.- A tal fin podra celebrar contratos
de mutuo o préstamos con o sin garantía prendarias o hipotecarias o de otro tipo, adquisición, venta, permuta,
caución y negociación de inversiones mobiliarias tales como títulos, bonos, acciones, debentures, obligaciones
negociables, y toda clase de valores mobiliarios creados o a crearse, intermediación en la oferta pública de títulos
valores, la celebración de contratos de fianza, avales, garantías personales o reales en todas sus modalidades
y/o actuando de depositario, debiendo realizarse todas las operaciones con dinero propio. Quedan excluidas las
operaciones de actividades comprendidas en las Leyes 21.526 y 20.574, y toda otra ley que requiera el concurso
de ahorro público, las que podrán ser ejercidas previa a sujeción a ellas. Para el cumplimiento de su objetivo la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por el Estado. La sociedad podrá: a) ejercer la representación de terceros, ya se trate
de personas de existencia humana o jurídica; en calidad de administradora, gestora, constituir fideicomisos, ser
fiduciante, fiduciaria, beneficiaria, fideicomisaria y representante, con todos los derechos y obligaciones derivados
de tales funciones; b) constituir sociedades subsidiarias, uniones transitorias de empresas, agrupamientos de
colaboración, o realizar fusiones o cualquier combinación y comunidad de intereses con otras personas jurídicas
o humanas, domiciliadas en el país o en el extranjero.- A tal fin la sociedad tendrá plena capacidad para adquirir
derechos, contraer obligaciones y realizar todos los actos y contratos que no sean prohibidos por las leyes o por este
Estatuto.- Capital: UN MILLÓN PESOS, representados por CIEN acciones ordinarias, nominativas no endosables
de valor nominal DIEZ MIL PESOS cada una.- Cuadro de suscripción: Carlos Eduardo ARES SIRERA suscribe
96 acciones nominativas no endosables de DIEZ MIL PESOS valor nominal cada una; y Héctor Domingo LOPEZ
suscribe 4 acciones nominativas no endosables de DIEZ MIL PESOS pesos valor nominal cada una.- Directorio: 3
ejercicios. Presidente: Héctor Domingo López y Director Suplente: Carlos Eduardo Ares Sirera.- Domicilio especial
y sede social: Avenida Regimiento de Patricios 1052 piso 4 Depto. 137, CABA.- Cierre ejercicio: 31/10.- Lucila X.
Cadoche, autorizada por escritura 282 del 04/11/2021 F° 581, Registro 975 CABA. Autorizado según instrumento
público Esc. Nº 282 de fecha 04/11/2021 Reg. Nº 975
Lucila Ximena Cadoche - Matrícula: 4865 C.E.C.B.A.
e. 05/11/2021 N° 84779/21 v. 05/11/2021