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N° 84759/21 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 27

Edictos Judiciales lunes, 8 de noviembre de 2021

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14 - SECRETARÍA NRO. 27

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 14 a cargo del Dr. Pablo D. Frick, Secretaría Nro.

27, a cargo de la Dra. Gabriela Gutiérrez Cabello, sito en Av. Callao 635, Piso 2°, C.A.B.A., hace saber por dos

días que en autos “Padec Prev. Ases. y Def. del Consumidor y otro c/ Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. y

otro s/ ordinario” expediente 79811/04, las partes han arribado a un acuerdo transaccional en virtud del cual el

Banco de Galicia reintegrará: (i) a los clientes que hubieren financiado sus consumos de tarjeta VISA en los meses

de diciembre 2001, enero a mayo de 2003, agosto de 2003, octubre de 2003 y noviembre de 2003, la diferencia

de intereses que resulte de la aplicación de la tasa máxima prevista en el artículo 16 de la ley 25065 y aquella

que hubiere sido efectivamente aplicada a la financiación de sus consumos de tarjeta VISA correspondiente a

dichos meses; (ii) a cada uno de sus clientes que hubieran abonado la comisión por exceso en el límite de compra

entre los meses de noviembre de 2000 y diciembre de 2005, las sumas que hubieren abonado por tal concepto.

En ambos casos, a las sumas resultantes, se les aplicará un interés calculado a la tasa activa en pesos del

Banco de la Nación Argentina no capitalizable, desde la fecha de su percepción hasta el último día del mes

anterior a la fecha de reintegro. Quienes no deseen ser incluidos en este Acuerdo, pueden excluirse enviando

una notificación al Juzgado dentro de los 15 días hábiles de la publicación del presente edicto, caso contrario

quedarán automáticamente incluidos. El reintegro se efectuará a partir de los 45 días hábiles de vencido el plazo

para excluirse de este Acuerdo, de la siguiente manera: (a) quienes sean actualmente clientes del Banco Galicia, se

les acreditará en su cuenta a la vista o en su tarjeta de crédito; (b) a quienes hayan dejado de ser clientes del Banco

Galicia pero que tuvieran abierta a su nombre alguna cuenta a la vista en algún otro banco del sistema financiero,

se les acreditará en esa cuenta; y (c) quienes no sean clientes del Banco Galicia, ni tengan cuenta a la vista en

otro Banco, podrán indicar una cuenta bancaria a la vista a donde desean que se acredite el importe a su favor

enviando un email a: gestiontasastarjetas@bancogalicia.com.ar, o telefónicamente al 0810 333 4058; también

podrán solicitarlo por ventanilla en las sucursales del Banco durante un plazo de 3 meses contados a partir de

los 45 días hábiles de vencido el plazo para excluirse de este Acuerdo. Teniendo en cuenta las restricciones en

vigor debido a la pandemia, se sugiere el contacto al email o teléfono indicados. Con posterioridad a dicho plazo,

se recibirán pedidos exclusivamente a dichos emails y teléfono”. Publíquese el presente edicto por el término de

2 días en el Boletín Oficial. Buenos Aires, 04 de noviembre de 2021.- PABLO FRICK Juez - MARIA GABRIELA

GUTIERREZ CABELLO SECRETARIA AD-HOC

e. 05/11/2021 N° 84759/21 v. 08/11/2021