N° 85589/21 Aviso del Boletín Oficial
VALFINSA BURSÁTIL S.A.
Texto del aviso
VALFINSA BURSÁTIL S.A.
C.U.I.T. 33-64074164-9. Hace saber por un día que por decisión de la Asamblea General Extraordinaria Unánime
del 05/10/2021 se resolvió modificar el objeto social, reformando el artículo cuarto del Estatuto “ARTICULO
CUARTO: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en
cualquier lugar de esta República, de conformidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T.
2013), o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a las siguientes actividades reguladas por
la Comisión Nacional de Valores: I.- Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Propio:
podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria y negociación secundaria)
registradas tanto para cartera propia como para sus clientes. II.- Agente de Liquidación y Compensación y Agente
de Negociación Integral: podrá intervenir en la liquidación y compensación de operaciones (colocación primaria
y negociación secundaria) registradas tanto para cartera propia como para sus clientes y prestar el servicio de
liquidación y compensación de operaciones a otros Agentes de Negociación registrados en la Comisión Nacional
de Valores, conforme las Normas del mencionado Organismo. III.- Agente de Negociación: podrá intervenir en la
negociación, corretaje, liquidación y compensación de valores negociables, de acuerdo con lo establecido con
la Comisión Nacional de Valores. IV.- Agente Productor: podrá intervenir en la producción de valores negociables
autorizados por la Comisión Nacional de Valores. V.- Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva
de Fondos Comunes de Inversión: podrá intervenir en: a) administración de fondos comunes de inversión; b)
administración de inversiones; y c) colocación y distribución de cuotapartes de los fondos comunes de inversión
bajo su administración y/o bajo administración de otras sociedades gerentes conforme las disposiciones de la
ley 27.440, la ley 26.831 y sus modificaciones y la normativa de la Comisión Nacional de Valores. VI.- Agentes de
Colocación y Distribución de Fondos Comunes de Inversión: podrá intervenir en la colocación y distribución de
Fondos Comunes de Inversión, ya sea propios o integrales. VII. Operaciones sobre Valores Negociables: podrá
intervenir en cualquier clase de operaciones sobre valores negociables públicos o privados, permitidas por las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes a las categorías de Agentes mencionadas “ut-supra”; podrá operar
en los mercados en los cuales se celebren contratos al contado o a término, de futuros y opciones sobre valores
negociables; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general,
intervenir en aquellas transacciones del Mercado de Capitales que puedan llevar a cabo las categorías de Agentes
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.789 - Segunda Sección 11 Martes 9 de noviembre de 2021
antes descriptas, en un todo de acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor”. María Angélica
Rivero, Abogada, C.P.A.C.F. Tº 65 Fº 920, autorizada conforme Resolución 7/2015 de I.G.J. en Asamblea General
Extraordinaria Unánime del 05/10/2021. Autorizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria
Unánime de fecha 05/10/2021
María Angélica Rivero - T°: 65 F°: 920 C.P.A.C.F.
e. 09/11/2021 N° 85589/21 v. 09/11/2021