N° 179/21 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL PARANÁ - ENTRE RÍOS
Por disposición del Sr. Presidente Dr. Roberto Manuel López Arango; se ha ordenado comunicar la parte resolutiva
correspondiente a la resolución de fs. 144/145 y vta, en la causa FPA 91001760/2008/TO1 caratulado “GERVASONI,
RAÚL ROMEO SOBRE USO DE DOCUMENTO PUBLICO O ADULTERADO (ART. 296) ” que tramitara ante este
Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, a los fines de notificar el SOBRESEIMIENTO de Raúl Romeo
GERVASONI, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad argentina, D.N.I. N° 20.553.486, nacido el 7 de agosto de
1969 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, con estudios secundarios completos, de estado civil casado,
con último domicilio en calle Dardo Rocha N° 738, de la ciudad de Avellaneda, partido homónimo, provincia de
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.791 - Segunda Sección 103 Jueves 11 de noviembre de 2021
Buenos Aires “RESOLUCIÓN N° 179/21 Paraná, 06 de septiembre de 2021 - Y VISTO: El presente expediente
FPA 91001760/2008/TO1 caratulado “GERVASONI, RAÚL ROMEO SOBRE USO DE DOCUMENTO PUBLICO O
ADULTERADO (ART. 296) ”, traído a despacho y, CONSIDERANDO (…) RESUELVE: 1.- DECLARAR EXTINGUIDA
LA ACCIÓN PENAL por prescripción (arts. 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del C.P.) y, en consecuencia SOBRESEER (arts.
336 inc. 1 y 361 del C.P.P.N.) a Raúl Romeo GERVASONI, sin sobrenombre o apodo, de nacionalidad argentina,
D.N.I. N° 20.553.486, nacido el 7 de agosto de 1969 en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos, con estudios
secundarios completos, de estado civil casado, con último domicilio en calle Dardo Rocha N° 738, de la ciudad
de Avellaneda, partido homónimo, provincia de Buenos Aires, hijo de Cándido Carmelo Gervasoni y María Luis del
Carmen Díaz; por el delito de uso de documento público adulterado (art. 296, en relación al art. 292, del C.P.) 2.-
EXIMIR de costas al sobreseído (art. 531 del C.P.P.N.).3.- TENER PRESENTE el Acuerdo Nº 7/16 mediante el cual
se dispuso la destrucción por incineración de los efectos y/o elementos que pudieren encontrarse contaminados
por la acción de los roedores en la sede del Ex Comando, entre los que se encontraban los de la presente causa.
REGISTRESE, publíquese, notifíquese a las partes, líbrense las comunicaciones del caso, y, en estado, archívese.-
” Fdo. Dr. Roberto Manuel López Arango, presidente. Valeria Iriso, Secretaria.- Dr. Roberto M. Lopez Arango Juez
- Dra. Valeria Iriso Secretaria
e. 08/11/2021 N° 84912/21 v. 12/11/2021