N° 87516/21 Aviso del Boletín Oficial
TRONADORES S.R.L.
Texto del aviso
TRONADORES S.R.L.
CUIT. 30-71571618-2. TRONADORES SRL. Por instrumento privado del 22-09-2021: Gonzalo Sebastián SIERRA,
arg. casado, DNI 25.257.384, CUIT. 20-25257384-5, dom. Virrey Avilés 2917, PB.“3”,CABA, CEDIO SESENTA (60)
cuotas de DIEZ PESOS ($ 10) valor nominal cada una a Julieta Coral PIÑEIRO, arg.soltera, DNI 29.151.899, CUIT.
27-29151899-6, dom.Cacique Manquel 765, Ciudad y Pcia. de Neuquén. CAPITAL SOCIAL: $ 60.000, dividido
en 6000 cuotas valor nominal cada una y con derecho a 1 voto por cuota. Julieta Coral PIÑEIRO RENUNCIÓ al
cargo de GERENTE. SIERRA y PIÑEIRO, en sus caracteres de únicos socios resolvieron: I) ACEPTAR la renuncia
formulada por Julieta Coral PIÑERIRO al cargo de gerente y aprobaron la gestión desempeñada por la misma en
el ejercicio de sus funciones, Designaron GERENTES a Gonzalo Sebastian SIERRA y a Julieta Coral PIÑEIRO,
quienes aceptaron los cargos constituyendo domicilio especial en la calle AVALOS 128 CABA y REFORMARON
el ARTICULO SEXTO DEL CONTRATO SOCIAL, que queda redactado: “ARTICULO SEXTO: La administración,
representación legal y uso de la firma social estará a cargo de dos socios-gerentes, que deberán actuar en
forma indistinta, cuyos mandatos tendrán la vigencia del contrato social. En su carácter de gerentes tendrán
todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social, inclusive los
previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación: la adquisición de bienes muebles, inmuebles,
contratación de préstamos, la constitución de derechos reales de garantía, la presentación en licitaciones públicas
y privadas, el otorgamiento de poderes, la intervención en actuaciones ante todos los bancos oficiales y privados.
En el desempeño de su cargo, el administrador deberá tener en cuenta en sus decisiones y actuaciones los efectos
de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) los socios, (ii) los empleados de la Sociedad
y de sus filiales; (iii) los clientes, proveedores y otras partes directa o indirectamente vinculadas a la Sociedad,
como por ejemplo, la comunidad en donde, directa o indirectamente, opera la Sociedad. Asimismo deberá velar
por la protección del medio ambiente local y global y por los intereses de la Sociedad en el corto y largo plazo.
El cumplimiento de la obligación antedicha por parte del administrador, solo podrá ser exigible por los socios
y la sociedad. La presente enunciación no es limitativa ni taxativa. El gerente deberá constituir una garantía de
cualquiera de las modalidades, características y de montos no inferiores a los establecidos en las resoluciones
vigentes de la autoridad administrativa de control a cargo del Registro Público de Comercio”. Sociedad inscripta
en IGJ el 01-09-2017, Nº 9193, Lº 153 de SRL..- Autorizado según instrumento privado Cesión de cuotas de fecha
22/09/2021
EDMUNDO ALFREDO SCHOLZ - Matrícula: 2816 C.E.C.B.A.
e. 16/11/2021 N° 87516/21 v. 16/11/2021