N° 88725/21 Aviso del Boletín Oficial
AG VALORES S.A.
Texto del aviso
AG VALORES S.A.
CUIT 30-70802638-3 Por asamblea extraordinaria del 19/9/2021 se modifico el objeto quedando redactado el
mismo de la siguiente manera: Actuar como Agente de Liquidación y Compensación de conformidad con lo
dispuesto por la Ley N° 26.831, y las Normas que la complementen y/o modifiquen, así como lo dispuesto en
las normas de la Comisión Nacional de Valores, según las actividades que admita la subcategoría en la que
resulte registrado -ya sea propio o integral- ante el citado organismo estatal de contralor, así como en todas las
otras categorías compatibles con su actividad. En tal carácter podrá, tanto para su cartera propia como para
terceros clientes: a) Brindar asesoramiento respecto a inversiones en el mercado de capitales, en un todo de
acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor; b) Actuar como intermediario, interviniendo en
la colocación primaria ingresando ofertas y en la negociación secundaria registrando operaciones a través de
los sistemas informáticos de negociación de los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores, e
intervenir en la liquidación y compensación de las operaciones concertadas y la de otros agente de negociación
debidamente registrados, cuando a tal efecto exista convenio previo entre las partes; c) Cursar órdenes para
realizar operaciones de compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización
por partes de Comisiones de Valores u otros organismos de control extranjeros, que correspondan a países
incluidos en el listado previsto en el inciso b) del artículo 2° del Decreto 589/2013 en materia de transparencia
fiscal, y pertenezcan a jurisdicciones que no sean consideradas como no cooperantes, ni de alto riesgo por el
Grupo de Acciones Financiera Internacional (GAFI), y que se encuentren autorizados para ser comercializados en
esas jurisdicciones o inversores acorde al perfil de riesgo del cliente; y d) Actuar como agente de suscripciones
o servicios de renta y amortización; administrar carteras de valores, colocar cuotapartes de fondos comunes
de inversión, conforme a la normativa vigente, y realizar cualquier otra actividad que resulte compatible con
su actuación como Agente de Liquidación y Compensación. En tal carácter la sociedad será responsable del
cumplimiento ante los Mercados y Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, la de sus clientes y
la de los Agentes de Negociación que liquiden por su intermedio. En cumplimiento de su objeto la sociedad
podrá custodiar valores negociables y realizar cualquier clase de operaciones sobre títulos valores públicos o
privados permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, incluyendo contratos al contado o a
término, de futuros y opciones, sobre bienes, servicios, índices, monedas, productos y/o títulos representativos de
dichos bienes; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general
intervenir en aquellas transacciones del mercado de capitales que puedan llevar a cabo los Agentes de Liquidación
y Compensación de acuerdo a la subcategoría en la que resulte inscripta en el registro de la Comisión Nacional
de Valores así como prestar cualquier tipo de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales. Se reformo
articulo 4. Autorizado por escritura Nº 330 del 16/11/2021 registro 1036.
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.797 - Segunda Sección 4 Viernes 19 de noviembre de 2021
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 330 de fecha 16/11/2021 Reg. Nº 1036
Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.
e. 19/11/2021 N° 88725/21 v. 19/11/2021