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N° 88725/21 Aviso del Boletín Oficial

AG VALORES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 19 de noviembre de 2021

Texto del aviso

AG VALORES S.A.

CUIT 30-70802638-3 Por asamblea extraordinaria del 19/9/2021 se modifico el objeto quedando redactado el

mismo de la siguiente manera: Actuar como Agente de Liquidación y Compensación de conformidad con lo

dispuesto por la Ley N° 26.831, y las Normas que la complementen y/o modifiquen, así como lo dispuesto en

las normas de la Comisión Nacional de Valores, según las actividades que admita la subcategoría en la que

resulte registrado -ya sea propio o integral- ante el citado organismo estatal de contralor, así como en todas las

otras categorías compatibles con su actividad. En tal carácter podrá, tanto para su cartera propia como para

terceros clientes: a) Brindar asesoramiento respecto a inversiones en el mercado de capitales, en un todo de

acuerdo con las disposiciones legales y reglamentarias en vigor; b) Actuar como intermediario, interviniendo en

la colocación primaria ingresando ofertas y en la negociación secundaria registrando operaciones a través de

los sistemas informáticos de negociación de los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores, e

intervenir en la liquidación y compensación de las operaciones concertadas y la de otros agente de negociación

debidamente registrados, cuando a tal efecto exista convenio previo entre las partes; c) Cursar órdenes para

realizar operaciones de compra y/o venta en el exterior de instrumentos financieros que cuenten con autorización

por partes de Comisiones de Valores u otros organismos de control extranjeros, que correspondan a países

incluidos en el listado previsto en el inciso b) del artículo 2° del Decreto 589/2013 en materia de transparencia

fiscal, y pertenezcan a jurisdicciones que no sean consideradas como no cooperantes, ni de alto riesgo por el

Grupo de Acciones Financiera Internacional (GAFI), y que se encuentren autorizados para ser comercializados en

esas jurisdicciones o inversores acorde al perfil de riesgo del cliente; y d) Actuar como agente de suscripciones

o servicios de renta y amortización; administrar carteras de valores, colocar cuotapartes de fondos comunes

de inversión, conforme a la normativa vigente, y realizar cualquier otra actividad que resulte compatible con

su actuación como Agente de Liquidación y Compensación. En tal carácter la sociedad será responsable del

cumplimiento ante los Mercados y Cámaras Compensadoras de las obligaciones propias, la de sus clientes y

la de los Agentes de Negociación que liquiden por su intermedio. En cumplimiento de su objeto la sociedad

podrá custodiar valores negociables y realizar cualquier clase de operaciones sobre títulos valores públicos o

privados permitidas por las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, incluyendo contratos al contado o a

término, de futuros y opciones, sobre bienes, servicios, índices, monedas, productos y/o títulos representativos de

dichos bienes; la prefinanciación y distribución primaria de valores en cualquiera de sus modalidades, y en general

intervenir en aquellas transacciones del mercado de capitales que puedan llevar a cabo los Agentes de Liquidación

y Compensación de acuerdo a la subcategoría en la que resulte inscripta en el registro de la Comisión Nacional

de Valores así como prestar cualquier tipo de asesoramiento en el ámbito del mercado de capitales. Se reformo

articulo 4. Autorizado por escritura Nº 330 del 16/11/2021 registro 1036.

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.797 - Segunda Sección 4 Viernes 19 de noviembre de 2021

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 330 de fecha 16/11/2021 Reg. Nº 1036

Gerardo Daniel Ricoso - T°: 95 F°: 2 C.P.A.C.F.

e. 19/11/2021 N° 88725/21 v. 19/11/2021