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N° 310/2021 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 DE LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ - ENTRE RÍOS

Edictos Judiciales miércoles, 24 de noviembre de 2021

Texto del aviso

JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 DE LA CIUDAD DE GUALEGUAYCHÚ - ENTRE RÍOS

En los autos “ASOCIACIÓN PROTECCIÓN CONSUMIDORES MERCADO COMÚN DEL SUR - PROCONSUMER

Y ACA SALUD COOPERATIVA DE PRESTACION DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES LIMITADA S/

HOMOLOGACION DE CONVENIO” Expte Nº 310/2021, en trámite ante el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de la

ciudad de Gualeguaychú, Entre Ríos, sito en la calle Sáenz Peña N° 94 de dicha localidad, se ha resuelto, con fecha

30 de septiembre de 2021, la homologación de un Acuerdo transaccional que comprende a la totalidad de los

titulares de los todos los planes de salud, de todo el país, brindados por ACA SALUD a quienes se hayan cobrado

sumas de dinero en concepto de “Capital Coop Art 11 – Est Social”, con derecho a pretender un reclamo fundado

en lo anterior comprendidos dentro del plazo de 5 (cinco) años anteriores al presente acuerdo. Según este acuerdo

ACA SALUD, sin reconocer hechos ni derecho alguno, se comprometió a bonificar en su totalidad, durante el

período de seis (6) meses, el costo de los copagos por la prestación de sesiones de psicología y consultas médicas

bajo la modalidad e-doc (virtual), para todos sus planes comercializados, a partir de los TREINTA (30) días hábiles

de que quede firme la homologación del presente convenio, a todos sus Asociados activos, dentro del período

de los últimos 5 años desde la firma del presente. Asimismo, efectuará a todos aquellos Ex Asociados, dentro del

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.800 - Segunda Sección 52 Miércoles 24 de noviembre de 2021

mismo período, un ofrecimiento de nueva incorporación a la cooperativa que contemple un descuento del 15%

en los valores vigentes de la cuota que corresponda para cada uno de los Planes de Salud a los que adhieran,

con vigencia por el plazo de cuatro (4) meses desde la fecha en que quede firme la homologación del presente

acuerdo y asimismo, extenderá el beneficio acordado para los Asociados Activos mencionado precedentemente.

La homologación firme de este acuerdo hará cosa juzgada en los términos y alcances del art. 54 ley 24.240.

Publíquese por el plazo de dos días en el Boletín Oficial de la República Argentina. Gualeguaychú, 10 de noviembre

de 2021

Luciano Gabriel BERNIGAUD Secretario Suplente

e. 24/11/2021 N° 89825/21 v. 25/11/2021