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N° 85807/21 Aviso del Boletín Oficial

ORIFLAME COSMÉTICOS ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 2 de diciembre de 2021

Texto del aviso

ORIFLAME COSMÉTICOS ARGENTINA S.A.

Rectifica y complementa avisos N° 85807/21 y N° 86099/21, ambos publicados el 10/11/2021. Se hace saber que

por Escritura Pública Nº 421 de fecha 01/12/2021, obrante al Folio 1588 del Registro Notarial Nº 1521 de C.A.B.A.,

pasada por ante el escribano Emilio Merovich (Matrícula 4372), se modificó el objeto social, el que ha quedado

redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO SOCIAL. La sociedad tiene por objeto realizar,

por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina,

las siguientes actividades: 1) El desarrollo de toda clase de actividades relacionadas con demostraciones y ventas

a domicilio de, sin carácter limitativo: cosméticos; perfumes; sujeto a la previa autorización de los entes regulatorios

que pudieren corresponder, productos alimenticios, complementos nutricionales, productos vitamínicos,

herbolarios, homeopáticos, suplementos alimenticios. A tal fin sociedad llevará adelante la fabricación, adquisición,

venta, importación, comercialización y exportación de los productos anteriormente nombrados; 2) En carácter

de actividades conexas, accesorias y complementarias de las actividades que conduzcan al cumplimiento del

objeto social: a) La aceptación y autorización de créditos y la emisión de obligaciones con o sin garantía, así

como la emisión, aceptación y en general negociación de toda clase de créditos y títulos de crédito necesarios

o convenientes para desarrollar los objetos señalados en el inciso 1) que antecede; b) El otorgamiento de toda

clase de garantías, avales y fianzas, con el propósito de garantizar operaciones propias; y c) En general, llevar a

cabo toda clase de actos, la celebración de contratos y el cumplimiento de los mismos para desarrollar el objeto

social señalado en el inciso 1) que antecede, por lo que la sociedad queda autorizada para realizar todas aquellas

actividades complementarias, accesorias y/o conexas a las actividades señaladas en el objeto social. A tal fin, la

sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos

que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto”. Asimismo, se deja constancia de que se modificó

también el art. 10 del estatuto de la sociedad relativo a las facultades del Directorio. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 421 de fecha 01/12/2021 Reg. Nº 1521

Luciana Florencia Collia - T°: 121 F°: 216 C.P.A.C.F.

e. 02/12/2021 N° 92793/21 v. 02/12/2021