N° 94903/21 Aviso del Boletín Oficial
CATEDRAL ALTA PATAGONIA S.A.
Texto del aviso
CATEDRAL ALTA PATAGONIA S.A.
CUIT 30-67853971-2. Por acta de Directorio del 24/09/2021, se modificó la sede social a Carlos Pellegrini 743,
planta baja, departamento “4”, CABA. Por Acta de Asamblea Gral. Extraordinaria del 13/05/2021 y 23/11/2021,
se resolvió modificar los artículos 3º (Objeto) y Art. 9º: duración cargos 3 ejercicios.- “ARTICULO TERCERO:
Objeto Social: 3.1. La sociedad tendrá por objeto exclusivo ser la concesionaria adjudicataria de la Licitación
Pública Nacional e Internacional número 1/92, Expediente 148028-T-92 convocada por la Provincia de Rio Negro
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.810 - Segunda Sección 6 Jueves 9 de diciembre de 2021
(la licitación), a cuyos efectos podrá efectuar todos los actos conducentes al cumplimiento de sus obligaciones y el
ejercicio de sus derechos de acuerdo con el Pliego de la Licitación y el correspondiente Contrato, comprendiendo
el desarrollo, explotación, promoción y fomento del Complejo Catedral al que se refiere la licitación, incluyendo la
realización de todo tipo de actividades turísticas, hoteleras, gastronómicas, de desarrollo, promoción y explotación
de competencias y espectáculos relacionados con la explotación comercial del Cerro Catedral.- 3.2.- A los fines de
la realización de su objeto, la sociedad podrá: (a) establecer sucursales y otras formas de representación, vincularse
y asociarse con terceros y participar en otras sociedades, todo ello en la medida que sea permitido por las normas
vigentes; (b) otorgar avales y garantías reales y personales.- 3.3.- Derivado de su objeto exclusivo descripto en el
punto 3.1 en cuanto a la explotación del complejo cerro catedral la sociedad podrá realizar el procedimiento de
inducción controlada de avalanchas de nieve acumulada en pistas de esquí, mediante la utilización de explosivos
u otros similares para la prevención de avalanchas de nieve.- 3.4.- En el desarrollo de las actividades descritas en
el objeto social, la Sociedad además de crear valor económico, procurará generar un impacto material, social y
ambiental, en beneficio de la sociedad, el ambiente y las personas o partes vinculadas a esta.- 3.5.- Vinculadas
directa o indirectamente con su objeto exclusivo descripto en el punto 3.1 en cuanto a la explotación del complejo
cerro catedral, la sociedad podrá realizar las siguientes actividades: (a) CONSTRUCTORA: mediante la ejecución
y realización de obras y edificios por cualesquiera de los sistemas de propiedad y/o derechos reales, obras
viales, cualquier tipo de obras de construcción de carácter público o privado, desarrollo de emprendimientos
o negocios inmobiliarios, urbanización, de cualquier tipo vinculados con el objeto social; (b) INMOBILIARIA:
mediante la compra, venta, permuta, leasing, locación, explotación, arrendamiento, subdivisión, intermediación,
gerenciamiento y administración de inmuebles y obras civiles en general; desarrollo de proyectos inmobiliarios
y/o urbanísticos; (c) COMERCIAL: mediante la compra, venta, locación, distribución y cualquier otra forma de
comercialización, e incluso el ejercicio de comisiones y representaciones comerciales de productos elaborados o
semielaborados, materias primas, herramientas y máquinas para la industria de la construcción; (d) INDUSTRIAL:
mediante la elaboración y fabricación de materias primas, máquinas, herramientas, paneles y cualquier bien
utilizado en la industria de la construcción; (e) FINANCIERA: Realizar actividades financieras y de inversión respecto
de toda clase de bienes, muebles y/o inmuebles, comprendiendo los siguientes actos y contratos: mediante el
aporte y/o inversión de capitales, a personas y/o a sociedades constituidas y/o a constituirse, para toda clase de
operaciones realizadas y/o a realizarse, la concesión de financiaciones y/o créditos en general, con cualesquiera
de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, la compra, venta, permuta, administración y
negociación de títulos públicos, acciones, debentures, y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito;
quedando excluidas expresamente las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra
que requiera el concurso público; (f) FIDUCIARIA: Constituir toda clase de fideicomisos, incluidos fideicomisos
financieros, de administración y de garantía, u otras figuras de financiamiento societarias; actuar como fiduciaria,
fiduciante, beneficiaria, fideicomisaria o administradora, con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial
de la Nación y demás disposiciones legales y reglamentarias que resultaren de aplicación; (g) IMPORTACIÓN Y
EXPORTACIÓN: mediante la importación y exportación de bienes y productos, por cuenta propia y/o de terceros,
los equipos, repuestos, hardware, software y accesorios necesarios para las prestaciones de servicios vinculados
con su objeto, y desarrollo y provisión de software para sí o para terceros; (h) CONSULTORIA: la realización de
estudios, relevamientos de campo, elaboración de proyectos, anteproyectos, estudios de factibilidad de proyectos
de inversión, desarrollo, gerenciamiento, control de gestión y administración de los mismos.- 3.6.- La sociedad
tendrá plena capacidad jurídica para realizar todo acto lícito congruente con su naturaleza de persona jurídica y su
objeto”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 657 de fecha 06/12/2021 Reg. Nº 1017
Mariano Diego Miro - Matrícula: 4772 C.E.C.B.A.
e. 09/12/2021 N° 94903/21 v. 09/12/2021