N° 99361/21 Aviso del Boletín Oficial
LEXIM S.R.L.
Texto del aviso
LEXIM S.R.L.
CUIT 30-71567936-8 AVISA QUE: Por Escritura 37 folio 114 del 20/12/2021 ante el Registro Notarial 1717 CABA,
CESION DE CUOTAS SOCIALES: CAPITAL ANTERIOR: Nicolás Marcelo PUGLIESE y Federico BERASATEGUI
125.000 cuotas sociales cada uno de Valor Nominal un peso ($ 1) cada una y con derecho a un voto por cada
una, por un total de $ 125.000 cada uno de ellos. CAPITAL ACTUAL: Nicolás Marcelo PUGLIESE 83.334 cuotas
sociales de Valor Nominal UN PESO ($ 1) cada una y con derecho a un voto por cada una, por un total de $ 83.334
Federico BERASATEGUI 83.333 cuotas sociales de Valor Nominal UN PESO ($ 1) cada una y con derecho a un
voto por cada una, por un total de $ 83.333. Mariano Miguel DANTAS 83.333 cuotas sociales de Valor Nominal
UN PESO ($ 1) cada una y con derecho a un voto por cada una, por un total de $ 83.333. Las que se encuentran
totalmente suscriptas e integradas. MODIFICACION DE ESTATUTO: CAPITAL ANTERIOR: $ 250.000. Aumento:
$ 3.000.000 suscripto por Nicolás Marcelo PUGLIESE, Federico BERASATEGUI y Mariano Miguel DANTAS en
$ 1.000.000 cada uno correspondiente a 1.000.000 cuotas sociales cada uno de valor nominal un peso. Se
integra el 25% y el saldo en dos años. CAPITAL SOCIAL ACTUAL: $ 3.250.000: Nicolás Marcelo PUGLIESE:
$ 1.083.334 correspondiente a 1.083.334 cuotas sociales de valor nominal un peso, Federico BERASATEGUI
$ 1.083.333 correspondiente a 1.083.333 cuotas sociales de valor nominal un peso cada una. Mariano Miguel
DANTAS $ 1.083.333 correspondiente a 1.083.333 cuotas sociales de valor nominal un peso cada una. Capital
que se encuentra totalmente suscripto. INTEGRACION DEL CAPITAL: $ 250.000 cada uno, total de $ 750.000 y el
saldo en 2 años. NUEVA REDACCION: “CUARTA: Capital Social. El capital social es de PESOS TRES MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 3.250.000,00) representado por TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL (3.250.000,00) CUOTAS de valor nominal UN PESO cada una con derecho a un voto por cuota, totalmente
suscriptas por cada uno de los socios conforme al cuadro de suscripción. La reunión de socios dispondrá el
BOLETÍN OFICIAL Nº 34.819 - Segunda Sección 29 Miércoles 22 de diciembre de 2021
momento en que se completará la integración.” “SEXTA: Las resoluciones de socios se celebrarán en la sede
social, previa citación dirigida por el gerente a los demás socios, notificada al último domicilio social comunicado
a la sociedad, con una anticipación no menor a diez días. Deberá realizarse al menos una reunión anual. La
transformación, fusión, escisión, prórroga, reconducción, transferencia de domicilio al exterior ,el cambio
fundamental de objeto y las decisiones que incrementen las obligaciones sociales o la responsabilidad de los
socios, como el aumento del capital social que importe una integración efectiva por parte de los socios, deberán
adoptarse por el voto de las tres cuartas partes del capital social. Las demás resoluciones que no conciernan a la
modificación del contrato, la designación y revocación de gerentes, se adoptarán por mayoría de capital presente
en la respectiva reunión. Cada cuota da derecho a un voto. Las resoluciones sociales se asentarán en el libro de
actas a que se refiere el artículo 162 de la Le General de Sociedades. REUNIONES A DISTANCIA: Queda prevista
la realización de las reuniones del órgano de administración o de gobierno a distancia conforme la Resolución
11/20 de IGJ mediante la utilización de medios que permita a los participantes comunicarse simultáneamente
entre ellos, garantizando 1. La libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; 2. La posibilidad de
participar de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y
video; 3. La participación con voz y voto de todos los miembros; 4. Que la reunión celebrada de este modo sea
grabada en soporte digital; 5. Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el
término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite; 6. Que la reunión celebrada
sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron
y estar suscriptas por el representante social. 7. Que en la convocatoria y en su comunicación, se informe de
manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de
permitir dicha participación.”
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 37 de fecha 20/12/2021 Reg. Nº 1717
Marta Patricia Vicent Carreira - Matrícula: 4116 C.E.C.B.A.
e. 22/12/2021 N° 99361/21 v. 22/12/2021