N° 101551/21 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 9 - SECRETARÍA NRO. 18
El Juzg. Nac. de 1ra. Instancia en lo Comercial Nro. 9 a cargo de la Dra. Paula M. Hualde, Sec. N° 18 a mi cargo, sito
en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4º CABA, hace saber por dos días en autos “ASOCIACION POR LA DEFENSA
DE USUARIOS Y CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO MACRO S.A. Y OTROS s/ORDINARIO” (Exp. Nro. 35210/15)
que las partes han arribado a un acuerdo a la luz del cual BANCO MACRO S.A. continuará percibiendo la comisión
“mantenimiento de cuenta” en los términos de las Comunicaciones BCRA “A” 5460 y 5388, mas se compromete
a otorgar a aquellos que habiendo sido clientes al 30.09.13 y que continúen o no siendo clientes y se les hubiera
cobrado a partir de dicha fecha una “comisión por mantenimiento de cuenta” en tarjetas de crédito, un beneficio
consistente en Seguro de Accidentes Personales por (i) fallecimiento por accidente por la suma de $ 200.000 (ii)
invalidez (total y permanente) por accidente por la suma de $ 200.000; (iii) renta diaria por hospitalización por la
suma de $ 50.000. La referida cobertura será brindada por Compañía Metlife Seguros S.A., por un plazo máximo de
dos (2) años y abarcará a un titular, que deberá ser el usuario o consumidor alcanzado por el beneficio. Asimismo,
se otorgará el beneficio de un servicio de multiasistencia que será brindado por Compañía Europ Assistance
Argentina S.A., por un plazo máximo de dos años consistente en: 1) Servicios de asistencia al hogar: Plomería,
Gasista, Cristalería, Electricista y Cerrajería, cada uno de ellos por hasta $ 3.000 por evento y hasta 2 eventos al
año; y prestaciones adicionales por hasta $ 1.000 por evento y hasta un evento anual consistente en seguridad y
vigilancia por robo, celador o cuidador –vigilante substituto, servicio de mudanza, técnicos para mantenimiento
general, asesoría de seguridad en el hogar y asistencia legal in situ en caso de robo al domicilio; 2) Cobertura médica
odontológica: por hasta $ 10.000 anuales por consulta odontológica telefónica las 24 hs.; examen odontológico,
odontograma general; radiografías periapicales y coronales; medicina bucal - historia clínica, diagnóstico, plan de
tratamiento, exodoncias simples o extracciones, técnicas de higiene oral y prevención vía telefónica, tratamientos
de conducto, alivio de dolor (angelsicos) y referencias de centros y clínicas odontológicas; asistencia dental de
urgencia - gastos de atención odontológica de urgencia; gastos por accidente (prótesis dental); tratamientos no
urgentes; 3) referencia de farmacias, centros de salud y odontólogos a nivel nacional; 4) enfermera a domicilio
por hasta $ 10.000 anuales; 5) terapias básicas físicas a domicilio por hasta $ 10.000 anuales; 6) acompañante
nocturno durante la hospitalización por hasta $ 10.000 anuales; 7) asistencia en sala de urgencia por accidente
laboral, doméstico y de tránsito por hasta $ 10.000 anuales; y 8) 30% de reintegro por gastos en farmacias. Se
deja constancia que la sentencia homologatoria en cuestión hará cosa juzgada para los demandados y para todos
los consumidores o usuarios que se encuentren abarcados en el presente acuerdo, sin perjuicio del derecho que
les asistes a quienes deseen apartarse de la solución general adoptada, de efectuar reclamos individuales. Aquel
usuario que así lo desee podrá excluirse del mismo enviando dentro de los 90 días corridos de la última publicación
de edictos, un correo electrónico a info@aduc.org.ar y atenciondeacuerdojudicial@macro.com.ar manifestando
que va a hacer uso del derecho de autoexclusión. Ante cualquier inconveniente podrán dirigir su consulta a ADUC
al email info@aduc.org.ar. Buenos Aires, 20 de diciembre de 2021. PAULA MARIA HUALDE Juez
e. 29/12/2021 N° 101551/21 v. 30/12/2021