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N° 67365/2016 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales miércoles, 29 de diciembre de 2021

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Por disposición de S. Sa. el Señor Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5)

días, de lo dispuesto en la Sentencia de Nº 40, de fecha 03 junio de 2019, en la causa caratulada: “PRINCIPATTO,

EDGARDO GABRIEL – PRINCIPATTO, IGNACIO SALVADOR – DAMOTA, MARCELO CESAR S/ INFRACCION LEY

23737”, Expediente Nº 67365/2016/TO1, respecto de: EDGARDO GABRIEL PRINCIPATTO DNI N° 16.482.832, de

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.824 - Segunda Sección 68 Miércoles 29 de diciembre de 2021

nacionalidad argentina, nacido el 28 de enero de 1963 en la localidad de Lobo, provincia de Buenos Aires, hijo de

Osvaldo Edgardo y de Carmen Loria Casella, con domicilio en General Saac. N° 2282 de la localidad de Máximo

Paz, Cañuelas, provincia de Buenos Aires, de ocupación ingeniero agrónomo y de estado civil divorciado; la que

dispone: S E N T E N C I A - CORRIENTES, 03 de junio de 2019. Nº 40 - Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye

el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) RECHAZAR los planteos de nulidad formulados por las Defensas; 2º)

CONDENAR a EDGARDO GABRIEL PRINCIPATTO, D.N.I. Nº 16.482.832, ya filiado en autos, a la pena de DIEZ

(10) años de prisión, y el mínimo de la multa legal (ley 27302), la que deberá hacerse efectiva en el término de

treinta (30) días de quedar firme la presente, como coautor penalmente responsable del delito de Transporte de

Estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5º) inc. c), de la Ley 23.737, agravado por el número de personas

art. 11 inc. c) del mismo texto legal, con accesorias legales y costas (arts. 12, 40, 41 y 45 del Código Penal y arts.

530, 531, 533 y 535 del CPPN); 3º) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) … 8º) … 9º) … 10º) … 11º) … 12º) REGISTRAR, agregar

el original al expediente, cursar las demás comunicaciones correspondientes y una vez firme la presente practicar

por secretaría los cómputos de pena correspondiente, fijando la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN)

y oportunamente archivar. Fdo.: VICTOR ANTONIO ALONSO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: FERMIN AMADO

CEROLENI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: LUCRECIA M. ROJAS DE BADARO, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante

mi) por: JOSE ALFREDO RACH, SECRETARIO.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA

SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 29/12/2021 N° 101682/21 v. 04/01/2022